Público
Público

El TC suspende cautelarmente un artículo de la Ley de la Agencia Tributaria de Catalunya

El Gobierno de Rajoy argumenta que la norma limita la igualdad, porque crea los cuerpos de inspectores tributarios y de técnicos de Catalunya, pero sólo permite que se adscriban a ellos los funcionarios destinados allí.

Fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid. EFE

PÚBLICO

MADRID.— Más madera. A menos de dos semanas de las elecciones del 27S, comicios en los que independentistas y antisecesionistas van a dirimir sus fuerzas, el Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente un artículo de la  Ley de la Agencia Tributaria de Catalunya que prevé la integración voluntaria de funcionarios en este nuevo órgano.

La suspensión cautelar implica, de hecho, una limitación a la creación de una Agencia Tributaria propia, ya que afecta directamente a los cuerpos de inspectores tributarios y técnicos que se crean.

El artículo reformado y que el Ejecutivo central ha recurrido es el número 4, donde se prevé la "integración voluntaria" de los funcionarios de la Agencia Tributaria en cuerpos dependientes de la Generalitat, en concreto en los cuerpos superiores de inspectores tributarios y técnicos de gestión. 

Sin embargo, limita el acceso a sus cuerpos de inspectores tributarios y de técnicos a los funcionarios que tengan un destino definitivo en Catalunya o que en el momento de la convocatoria presten servicios en la Administración de la Generalidad o en sus entes públicos.

El Ejecutivo considera en su recurso que este artículo vulnera el derecho que tienen los funcionarios de toda España a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.

El TC está obligado a dejar en suspenso este artículo de forma cautelar, ya que el Gobierno ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución que contempla la suspensión automática en un recurso de inconstitucionalidad frente a una norma autonómica.

La decisión del TC no prejuzga el fondo del litigio. Ahora, el alto tribunal  dispone de cinco meses para ratificar dicha suspensión o levantarla, mientras resuelve el recurso.

Al mismo tiempo, el Tribunal Constitucional da traslado del recurso al Congreso y al Senado, así como al Gobierno y al Parlamento de Catalunya, que dispondrán todos ellos de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.

La reforma catalana añadía dos disposiciones adicionales al artículo 4 relativas a la integración voluntaria (reconocimiento del derecho) de funcionarios en los Cuerpos Superior de Inspectores Tributarios y de Técnicos de Gestión Tributaria, ambos de la Generalidad de Cataluña. En dichas disposiciones es donde se establece el límite de acceso a los funcionarios que trabajan en Catalunya.

Construir estructuras de Estado

El pleno del Parlamento catalán aprobó a principios del pasado mes de junio la reforma de la Ley 7/2007 que regula la Agencia Tributaria de Catalunya. La intención de la reforma era reordenar los cuerpos de personal tributario con el propósito de adquirir nuevas funciones, desplegar la hacienda propia y construir "estructuras de Estado".

En la votación final del dictamen, CiU, ERC y CUP votaron a favor, PPC y C's en contra y PSC e ICV-EUiA se abstuvieron, al no haber sido incorporadas sus enmiendas parciales.

Los argumentos del Gobierno

El Gobierno argumenta que la ley vulnera el derecho fundamental "por el que los ciudadanos de toda la nación tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes".

Asimismo, prosigue, se vulnera el artículo 103.3 de la Constitución que establece el acceso a la función pública "de acuerdo con los principios de mérito y capacidad", así como los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, "relativos al acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio".

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias