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Tercer rapapolvo de la Justicia al fiscal del caso Nicolás por favorecer a los imputados

Los tres magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid rechazan con dureza el recurso del 'pequeño Nicolás' y del comisario Villarejo, al que se adhirió el fiscal, con el que intentaban por enésima vez apartar de la investigación al inspector Rubén Eladio López y volvían a buscar la nulidad de la causa sobre la grabación ilegal al CNI

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, tras prestar declaración en los juzgados de la Plaza de Castilla, en Madrid. EFE

Se supone que a la tercera va la vencida, pero parece que ni por esas el fiscal Alfonso San Román va a dejar de intentar ayudar  los imputados en el caso del pequeño Nicolás (entre ellos el excomisario Villarejo) en la pieza separada sobre la grabación ilegal de la reunión celebrada el 20 de octubre de 2014 entre agentes de los servicios secretos y mandos policiales encargados de investigar al veinteañero suplantador.

Por tercera vez consecutiva, la Audiencia Provincial de Madrid ha emitido un auto en el que no sólo vuelve a rechazar las pretensiones de Francisco Nicolás Goméz Iglesias, José Manuel Villarejo Pérez y Carlos Mier Fernández --exredactor de la publicación digital de la mujer del excomisario--, sino que recuerda con lenguaje severo que ya resolvió el 9 de marzo en el mismo sentido al rechazar "un recurso de apelación del Fiscal" que buscaba el mismo resultado: el apartamiento del inspector Rubén Eladio López, principal investigador de la comisión judicial formada por el juez para ayudarle en sus pesquisas.

A ese anterior recurso de San Román se adhirieron el pequeño Nicolás y Villarejo, en una maniobra idéntica pero inversa a la actual --esta vez fue el fiscal quien se adhirió al recurso del joven estafador--, poniendo una vez más de manifiesto la aparente complicidad entre el representante del Ministerio Público y los imputados como sospechosos de gravísimos delitos contra la seguridad del Estado.

El auto, contra el que no cabe recurso, empieza señalando los fundamentos de derecho en los que se apoyó para resolver anteriormente en contra de la remoción del inspector López --así como del comisario Marcelino Martín-Blas por su supuesta enemistad con Villarejo--, y subraya que (según el Artículo 31.1 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad) los policías que participan en una investigación "no pueden ser removidos o apartados de la investigación concreta que se les hubiera encomendado, hasta que finalice la misma o la fase del procedimiento judicial que la originara", salvo si el propio funcionario lo solicita.

El fiscal no apoyó la mayoría de diligencias propuestas por las acusaciones o la comisión judicial, ni asistió a muchas de las declaraciones, pero asumió las tesis de la defensa de Nicolás

En el lenguaje empleado por los tres magistrados de la Audiencia Provincial --Alejandro Benito López (ponente), Vicente Magro Servet e Isabel Huesa Gallo-- queda patente su disgusto por la insistencia del fiscal en ponerse del lado de los acusados, como ya hiciera en la pieza sobre el intento de estafa del pequeño Nicolás al presidente de Alsa en Ribadeo. A lo largo de la instrucción, San Román no ha apoyado la mayoría de diligencias propuestas por las acusaciones ni por la comisión judicial, y tampoco ha asistido a muchas de las declaraciones, pero ha asumido una y otra vez las tesis de la defensa del pequeño Nicolás.

El pasado diciembre, incluso llegó a paralizar la causa durante tres meses --como le recuerdan los tres magistrados de la Audiencia en su último auto--, al recurrir la decisión del juez Arturo Zamarriego de mantener su confianza en el trabajo de la comisión judicial integrada por el comisario Martín-Blas (ahora ya jubilado), el inspector López y seis policías más.

En este último incidente procesal, el fiscal se puso tan de parte de los imputados que incluso acusó a al inspector López de prestar falso testimonio (lo que constituye un gravísimo delito para un funcionario público), al tiempo que daba por ciertas las afirmaciones de imputados que tienen derecho a mentir en su defensa: sin ni siquiera hablar con el policía --violando, por tanto, su presunción de inocencia-- aseveró que éste había presionado al pequeño Nicolás en una conversación que mantuvieron en los pasillos de los juzgados de la plaza de Castilla, el 26 de febrero de 2016.

Una versión de la defensa del encausado que luego ha quedado desmentida pero que sigue siendo utilizada por el fiscal para tratar de desmantelar la comisión judicial y que es explícitamente desautorizada en el nuevo auto de la Audiencia Provincial.

Los magistrados rechazan la insinuada falta de imparcialidad de los peritajes que han hecho los expertos de la Policía y el CNI 

Por último, en el tercero de los fundamentos de derecho, los magistrados de la Audiencia Provincial rebaten la supuesta "vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva" que alega la defensa del pequeño Nicolás "por la denegación de la pericial por la Guardia Civil sobre la autenticidad de la grabación de la reunión de 20 de octubre de 2014" celebrada en sede policial entre Martín-Blas (en aquel entonces jefe de Asuntos Internos), el inspector Rubén Eladio López y agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Los magistrados subrayan que no es pertinente hacer una nueva pericial de la Guardia Civil "al haberse practicado, además de uno por un perito a instancia del apelante, tres estudios al respecto por la Sección de Acústica Forense de la Policía Científica y otro por el Centro Criptológico Nacional".

Y los jueces critican la insinuación de falta de imparcialidad de los peritajes efectuados por esos dos organismos que sugiere el recurso al que se ha adherido el fiscal San Román:

"No es atendible porque la mera adscripción de la primera al CNP [Cuerpo Nacional de Policía] y del segundo al CNI no presupone que sus técnicos tengan interés en favorecer la indicada tesis de los integrantes de la Comisión Judicial ni ninguna otra, tratándose de una subjetiva apreciación del recurrente y además contradictoria al asumir lo que conviene a sus intereses, como el informe de 16 de noviembre de 2016 de la Sección de Informática Forense de Policía Científica, y cuestionar lo que no considera favorable".

Una postura lógica en el caso de las defensas de los imputados, pero que cuesta de entender que sea asumida por el fiscal del caso, que debería perseguir los presuntos delitos cometidos en vez de apoyar las argucias de los letrados.

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