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Tres magistrados del Supremo cambiaron de criterio sobre las penas de los etarras

En marzo descontaron a Urrusolo Sistiaga el tiempo que estuvo encarcelado en Francia, a los efectos del cómputo total de cumplimiento en prisión. Ahora, inclinan la balanza en favor de las tesis del Gobierno que es contraria a estos beneficios

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes.

JULIA PÉREZ

MADRID.- Cuando Felipe González entró en el Tribunal Supremo para declarar sobre el caso Filesa, en 1997, el magistrado Andrés Martínez-Arrieta fue el encargado por la sala de gobierno de recibirlo en la puerta principal y darle la mano en un gesto que llevó al entonces magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño a decir que "la gente", que se fija en los detalles, piensa al ver la escena en televisión que la justicia es "genuflexa, lacaya y servil".

La frase pasó a la historia y simboliza el riesgo de que "la gente" perciba una decisión judicial como arbitraria por ser favorable al poder o por no ser claramente entendible o estar adoptada en el límite de lo admisible. Y el cómputo de la pena de los miembros de ETA a los efectos de su excarcelación es una decisión de grandes consecuencias políticas.

El Tribunal Supremo atraviesa estos días por una prueba de resistencia. El pasado martes rechazó que los miembros de ETA puedan acumular las penas que han cumplido en otros países de la Unión Europea, en especial Francia, a los efectos de los descuentos de cara a sus excarcelaciones. Esta posibilidad está incluida en una decisión marco del Consejo de Europa del año 2008.

Se da la circunstancia de que en marzo pasado, el Supremo acordó aplicar esta norma europea al miembro de ETA José Luis Urrusolo Sistiaga, quien pidió beneficiarse de este descuento aunque la norma no hubiera entrado en vigor en España ni el resultado le sacara todavía de la cárcel.

Esta decisión hizo saltar las alarmas del Gobierno, que realizó una reforma 'exprés' para que el Parlamento impidiera la acumulación de penas cumplidas en Francia con anterioridad al 15 de agosto de 2010, fecha que proclamó como de entrada en vigor de la norma europea y que coincide con el fin de plazo de su trasposición al derecho interno.

Manuel Marchena, fiscal de carrera, padre del Código Procesal Penal del PP, es desde octubre pasado, el nuevo presidente de la Sala de lo Penal del Supremo. Y su comienzo ha sido un tanto convulso. Es más, convocó el pleno de la Sala con una mayoría exigua sobre esta acumulación de penas en lugar de esperar a alcanzar un consenso mayor entre sus integrantes y desembocar en un Pleno donde su liderazgo se viera reforzado.

Así, la decisión del Supremo de este martes fue adoptada por una mayoría de 9 magistrados frente a 6, que defendían computar el tiempo que estuvo encarcelado en Francia el etarra Kepa Pikabea aún antes de que entrara en vigor en España la norma europea.

Una sala partida en dos

Hace tan sólo una semana la Sala de lo Penal del Supremo estaba dividida en dos, de tal manera que la diferencia era de un exiguo 8 a 7. Esto es, ocho magistrados partidarios de no acumular las penas en otros países hasta la entrada en vigor en España de la norma europea -las tesis del Gobierno-, frente a siete magistrados defensores de aplicar este beneficio desde que el Consejo de Europa la aprobó en 2008.

Es una decisión de calado. No en vano afecta al cómputo de las penas de cerca de 200 miembros de ETA, entre los que se encuentran los más sanguinarios, que pasaron un tiempo en cárceles francesas en la década de los años 80 y 90.

Tres de los cinco magistrados que votaron a favor de computar a Urrusolo Sistiaga su tiempo en Francia han cambiado de criterio, de marzo de 2014 a enero de 2015. De esta manera, Marchena consiguió su 9 votos frente a 6 el pasado martes.

Antes del Pleno dos jueces que votaron a favor de computar el tiempo de estancia en cárceles francesas a Urrusolo Sistiaga ya se habían inclinado por las tesis de la mayoría. Son los casos de Antonio del Moral, fiscal de carrera, magistrado del Supremo desde 2012, conservador y José Ramón Soriano, magistrado también de perfil conservador.

Pero la balanza definitiva la inclinó Andrés Martínez-Arrieta, que pasó a votar con la mayoría tras más de cuatro horas de debate y otorgó ese 9 a 6 definitivo. Fundador de la asociación Francisco de Vitoria, Martínez-Arrieta fue el instructor de un caso de corrupción policial complejo, el caso Nani, y llegó al Supremo con tan sólo 43 años de edad. Su hija Cristina, fiscal, sigue su estela y es asesora del ministro de Justicia, Rafael Catalá, en la reforma del Código Penal.

Quedaron en minoría los magistrados Alberto Jorge Barreiro, Luciano Varela, Joaquín Giménez, Miguel Colmenero, (los dos primeros instructores de causas contra Baltasar Garzón, el tercero presidente del tribunal que lo condenó y el cuarto, ponente de la sentencia), así como Cándido Conde-Pumpido, ex fiscal general del Estado, y Ana Ferrer.

Alarmas y presiones externas

La sentencia no está redactada todavía, por lo que se desconocen los argumentos de peso que han llevado a la mayoría de la Sala de lo Penal a cambiar el criterio y habrá que esperar a estudiarla en profundidad, al igual que los votos particulares.

La minoría defendió que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dilucidara de una vez por todas a partir de qué fecha se tiene que contar este beneficio, si cuando lo aprobó el Consejo de Europa en 2008 o desde ese 15 de agosto de 2010 que estableció el Parlamento al trasponer la norma.

Sin embargo, la mayoría liderada por Marchena rechazó la consulta al TJUE a través de una cuestión prejudicial. Es muy posible que esta consulta hubiera ahorrado muchos quebraderos de cabeza futuros.

La doctrina Pikabea que surja de esta sentencia tiene visos de convertirse en una maraña de autos y recursos porque hay que aplicarla para cada caso de los 200 miembros de ETA que vayan llegando al Supremo.

Algo similar ocurrió con la llamada doctrina Parot que estableció el Tribunal Supremo en 2006 sobre el cómputo de las penas y que ha acabado siendo derogada por el Tribunal Europeo de Derecho Humanos en 2013, lo que ha provocado la salida de 63 presos de ETA.

En 2006 existía una alarma social ante la inminente salida a la calle de terroristas con más asesinatos a sus espaldas, que llevan más tiempo en prisión y que se han beneficiado del Código Penal de 1973 y de descontar su estancia en la cárcel a partir del tope de 30 años en prisión y no del total de condenas por cada asesinato que cometieron.

En 2015,la presión política externa ha alcanzado tal magnitud que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, criticó abiertamente a la Audiencia Nacional y acusó a los magistrados de una sección de prevaricación por aplicar este beneficio a los etarras Santiago Arrospide, Santi Potros, y Alberto Plazaola. A la luz de la resolución del Supremo, ambos deberían entrar de nuevo en prisión cuando el alto tribunal estudie su caso.

Las palabras de Fernández-Díaz llevaron a una insólita carta de protesta de 13 de los 18 magistrados que componen la Sala de lo Penal de Tribunal Supremo quienes, todos a una -incluidos los eméritos- se dirigieron a su presidente, Manuel Marchena, para que comunicara lo ocurrido a Carlos Lesmes, presidente del alto tribunal y del Consejo General del Poder Judicial, órgano encargado de velar por la independencia judicial, con el fin de que ponga coto a esta injerencia política. Lesmes no trasladó la protesta al Ejecutivo, decisión esta que ha causado malestar entre los firmantes del escrito.

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