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Condenan a Jaime Peñafiel por injuriar a Carmina Ordóñez después de muerta

El periodista tendrá que pagar 9.000 euros a Fran Rivera. Dijo en un reportaje que sentía 'un enorme desprecio' por la fallecida por sus adicciones e infidelidades

EFE

El Tribunal Supremo ha condenado al periodista Jaime Peñafiel a indemnizar con 9.000 euros a Francisco Rivera Ordóñez por las intervenciones en el programa 'Hormigas Blancas', emitido por Telecinco, en las que manifestó su 'desprecio' y repugnancia por las supuestas adicciones e infidelidades de su madre, Carmina Ordóñez, cuando ésta ya había muerto.

Según recoge la sentencia, durante el citado programa -emitido el 10 de julio de 2007 en Telecinco-, Peñafiel se refirió a Carmina, que murió en julio de 2004, como 'una persona totalmente despreciable en su conducta', que le 'repugnaba', y por la que siempre había sentido 'un enorme desprecio', y que aparecía en las televisiones 'llenando de vergüenza a la familia'.

'Marruecos arruinó su vida, y ahí fue tan suicida, que se lía con el marido de una de las hijas del rey, que fue terrible. Le podía haber costado la vida y la echaron de Marruecos', añadió el periodista en relación a las supuestas infidelidades de Carmina Ordóñez.

La sala de lo Civil del TS, presidida por Juan Antonio Xiol, ha estimado que las manifestaciones de Peñafiel 'son duras, con una fuerte carga de crítica a la droga', pero que no pueden 'enmarcarse dentro del ejercicio legítimo de la libertad de expresión', ya que se trata de una persona fallecida, y 'tiene un carácter innecesario e injurioso'.

Los magistrados han primado el derecho a la intimidad familiar sobre el de libertad de expresión, teniendo en cuenta 'el fallecimiento de los personajes afectados', la 'desconexión temporal y espacial entre las declaraciones de los protagonistas y la reconstrucción de los hechos', y 'la voluntad de los familiares, de no divulgar datos conocidos'.

Atendiendo a esta doctrina, la sentencia considera 'que existía una desconexión temporal entre los hechos divulgados y las declaraciones realizadas por el periodista' y que las palabras de Peñafiel 'afectaban a una persona fallecida, y que su hijo, afectado por ellas, había mantenido una actitud de respeto y reserva sobre la vida íntima de su madre'.

En primera instancia, la demanda de Francisco Rivera Ordóñez fue desestimada, pero esta decisión fue revocada por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró 'desproporcionadas y excesivas' las declaraciones del periodista, revocación que recurrió Jaime Peñafiel.

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