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Hoy acaba el plazo para presentar el DNI en el banco y evitar el bloqueo de sus cuentas

Aunque el BBVA anunció este miércoles que el plazo se alargaba hasta el 11 de mayo, el Gobierno advirtió de que no había habido cambios en la fecha tope.

Campaña sobre el DNI 3.0 del Ministerio de Interior.

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MADRID.- Este viernes 30 de abril finaliza el plazo para acudir a su sucursal bancaria y presentar su documento nacional de identidad para que su cuenta no sea bloqueada. La Ley exige que los bancos tengan en su poder los documentos digitalizados, de no ser así, a partir de mayo se bloqueará el acceso.

El BBVA había afirmado que los clientes dispondrían de diez días más, hasta el 11 de mayo, para entregar el documentos en las oficinas. Pero el Ministerio de Economía advirtió ayer que esto es falso, que no ha habido cambios en la fecha límite. Posteriormente, la entidad ha aclarado que se se trata de un plazo interno que ellos han establecido para poder actualizar toda la documentación recibida.

La Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a las entidades de crédito españolas la obligación de identificar antes del 30 de abril de 2015 a todos sus clientes.

Esto significa que las entidades han tenido cinco años para pedir estos datos, aunque no ha sido hasta hace unos meses cuando han empezado a ponerse en contacto con su clientela, ya sea por correo ordinario, electrónico o incluso por sms.

Los clientes de bancos, cajas y financieras de crédito deben facilitar a su entidad una copia del documento de identidad, así como información sobre la actividad profesional que llevan a cabo, si así se les requiere.

Según la ley, son las entidades las que tienen que contactar con el cliente, y no al revés, así que si alguien no ha sabido nada de su banco, en principio, puede estar tranquilo, pues la entidad tendrá en su poder todos los datos que necesita, incluida una copia del DNI.

Pero cuidado, si la entidad no ha logrado contactar con el cliente, y éste, sin saber nada, se encuentre con la desagradable sorpresa de que no puede operar en sus cuentas después del 30 de abril. En ese caso el cliente no se quedaría sin su dinero, sino que no tendría posibilidad de operar con sus cuentas y dispondría de un máximo de tres meses para regularizar su situación, antes de que la situación se complique, y la entidad requiera más trámites que la mera presentación del DNI para volver a acceder a sus cuentas

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