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El derecho a la lactancia de las guardias civiles llega al Constitucional

El instituto armado obliga a una agente lactante a realizar patrullas nocturnas en una zona de montaña, contra del criterio de la Oficina de Prevención de Riesgos Laborales, y expedienta a los responsables de la AUGC que denunciaron formalmente la situación.

Patrol por una carretera rural.

EDUARDO BAYONA

ZARAGOZA.- El Tribunal Constitucional decidirá sobre el ejercicio del derecho a la lactancia materna en el cuerpo de la Guardia Civil. La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC, mayoritaria en el cuerpo) ha decidido solicitar el amparo de esa instancia judicial tras una sentencia que deja impunes, por una cuestión formal, las irregularidades que padeció, por orden de la superioridad, una agente de un puesto del Pirineo de Huesca al reincorporarse a su puesto tras dar a luz.

La agente, destinada en el mismo cuartel que su marido, demandó a la Comandancia de la Guardia Civil de Huesca por su “incumplimiento de forma reiterada de las medidas de protección a la mujer embarazada o lactante” que había recomendado la Oficina de Prevención de Riesgos Laborales de esa misma unidad tres meses antes de que, en junio del año pasado, la mujer se reincorporara a su puesto de trabajo tras la baja maternal.

Los prevencionistas de la Guardia Civil aconsejaron que la mujer, que obtuvo una reducción de jornada del 20% y a la que se le había reconocido el derecho a una hora de lactancia, realizara siempre el turno de mañana sin coincidir con su marido –ambos forman la plantilla del cuartelillo junto con otro guardia que hace de jefe-, además de que discurriera una hora y media entre la salida de uno y la entrada de otro, de manera que siempre pudiera estar con el bebé uno de ellos. Debía dedicarse únicamente a tareas burocráticas, señalaba el dictamen.

Tareas burocráticas solo cuando sea posible

Sin embargo, el jefe de la Comandancia de Huesca, que ordenó habilitar en el cuartel “un sitio limpio, confortable y privado para la extracción de leche materna”, añadió a los de servicios de carácter burocrático que podía cubrir la agente el de la vigilancia de los accesos al puesto. Y le puso un matiz a esa limitación de tareas: las realizaría “siempre que sea posible y sin perjuicio a terceros”.

Tras la demanda, la Guardia Civil reconoció que, en los siete primeros meses de trabajo tras dar a luz, la agente realizó “12 patrullas de seguridad ciudadana y 2 tripletes o servicios de tres turnos intercalados con tres turnos de descanso, así como numerosos Servicios de Puertas”. Es decir, que tuvo que salir de ronda con el Patrol en turnos de mañana, tarde y noche.

El magistrado del Juzgado Contencioso Administrativo de Huesca concluye que no hay duda de que esos servicios de patrulla “no fuera lo que se recomendó en el Informe” y añade que “la genericidad inaceptable” de supeditar el cumplimiento del dictamen de la Oficina de Prevención a una condición como “siempre que sea posible” hace que esa orden estuviera abocada a la nulidad “de haber sido objeto de recurso en tiempo y forma”.

Un defecto de forma

Sin embargo, la agente no impugnó esa primera resolución, y eso hace que el juez no pueda respaldar su demanda pese a “la divergencia evidente entre las recomendaciones (…) y la realidad de sus servicios durante el período de lactancia”.

Ante esta situación, los responsables de la AUGC han decidido pedir el amparo del Tribunal Constitucional, el cual, de esta manera, se pronunciará por primera vez acerca de cómo debe ser aplicado el derecho a la lactancia en la Guardia Civil, un cuerpo en el que apenas 5.000 de los 90.000 miembros son mujeres.

Sin embargo, este no será el único pleito derivado de la situación de la agente. La Dirección General de la Guardia Civil ha decidido abrir sendos expedientes como presuntos autores de una falta grave al delegado de la AUGC en Aragón, Juan José García Calvo, y a la responsable de la Vocalía de la Mujer de esa misma organización, Pilar Villacorta. Los letrados del instituto armado consideran que ambos efectuaron “manifestaciones contrarias a la disciplina debida, basadas en aseveraciones falsas”.

Expediente contra los denunciantes

Se basan en el contenido de la queja que, de manera paralela a la demanda de la agente, la organización profesional hizo llegar al general de la Guardia Civil en Aragón. Ese documento refería cómo el jefe del puesto le comunicó hace unos meses a la mujer que iba a volver a cubrir servicios de patrulla de manera ordinaria y que los realizaría junto con su marido, lo que iba a impedirles hacerse cargo del bebé ya que no tienen más familia en la zona. La mujer llegó a recibir una previsión de patrullas que incluía turnos de noche y tripletes en una zona de montaña.

Ese tipo de servicios, señalaba la queja, “requiere, entre otros, labores de conducción de vehículos por carreteras y caminos o pistas forestales con choques y vibraciones constantes, con horarios nocturnos, alternos y no consecutivos” a los que se añade “la posibilidad de forcejeos y situaciones de agresión”. Eso, según los responsables de la AUGC, hace que la agente fuera a verse “sometida a fatiga física y mental, cambios alimenticios y estrés que puede influir en la reducción o interrupción de la capacidad de lactar, entre otras cuestiones”.

La asociación criticó que el instituto armado, “en vez de abrir expediente a quienes han incumplido el manual de riesgos laborales, así como a quienes lo han consentido”, haya optado por expedientar a los dirigentes de la AUGC de manera “sorpresiva y vergonzosa”.

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