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Le deniegan la nacionalidad a una marroquí por señalar que Almería hace frontera con España

EUROPA PRESS

La Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad a una ciudadana marroquí con residencia legal desde el año 1996 después de que a una de las preguntas del cuestionario que le interpelaba 'sobre qué países hacen frontera con España' respondiese que 'Almería, Jonquera'.

'Se desprende con claridad la ignorancia sobre aspectos básicos de la realidad española de la recurrente, quien responde con acierto algunas preguntas pero ignora otras cuestiones esenciales sobre el marco de convivencia político e institucional español', indica.

La sentencia recoge que la joven de 31 años, vecina de Figueres, casada y con dos hijos, tiene arraigo familiar y 'habla correctamente' la lengua española pero subraya que 'no es suficiente para colmar el requisito del suficiente grado de integración'.

La Audiencia avala los informes negativos emitidos por el encargado del Registro Civil que la sometió a dos exámenes en 2009 y 2012 y comparte el criterio del Ministerio Fiscal que dio lugar a que el Ministerio de Justicia le denegase la nacionalidad española al estimar que su grado de integración 'no se corresponde con los años de residencia en España'.

Señala en esta línea que se expresa 'correctamente' en castellano pero -matiza- que 'no comprende la mayoría de las preguntas que se formulan, debiéndosele repetir varias veces'.

Recoge que, además, 'carece de conocimientos básicos de la realidad política española, no sabe que es la Constitución ni las comunidades autónomas, ni para que sirven las elecciones, la seguridad social o la declaración de la renta'.

'Todo ello resulta incompatible con los derechos políticos que lleva consigo la obtención de la nacionalidad', concluyó en su resolución de junio de 2012 el Ministerio de Justicia que ahora confirma la sala de lo contencioso-administrativo de el tribunal al considerarla 'conforme a derecho'.

Rechaza así que, como argumenta la recurrente, resulte 'plausible' afirmar que la actuación administrativa 'tuvo carácter discriminatorio' ya que, según añade, 'ni se razona, ni se desarrolla y no deja de tener un carácter retórico sin ningún poder de convicción'.

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