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LGTBI Justicia ordenará a los registros que faciliten el cambio de nombre a los menores trans

Natalia Aventín, representante de la Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis, ha señalado que este compromiso ha sido adquirido en la reunión que este miércoles han mantenido con la ministra de Justicia. 

La bandera LGTBI. EUROPA PRESS/Archivo

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La Dirección General de Registros y del Notariado, dependiente del ministerio de Justicia, emitirá una instrucción a todos los registros civiles para que faciliten a todos los menores transexuales que puedan cambiar su nombre en el registro y no dependa del criterio de estos.

Así lo ha explicado Natalia Aventín, representante de la Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis, que ha señalado que este compromiso ha sido adquirido en la reunión que este miércoles han mantenido con la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y el director general de los Registros y del Notariado, Pedro Garrido.

Aventín ha que se trata de un "parche para facilitar la vida de los menores trans", mientras se tramita la Ley 3/2007 de rectificación registral de la mención en cuanto al sexo y al nombre, con el objetivo de que pueden inscribirse "en un viaje de fin de curso, recoger un paquete en correos o hacer infinidad de gestiones sin tener que exponer su intimidad".

Fuentes del departamento que dirige Dolores Delgado han explicado que la instrucción que piensa emitir próximamente se limitará por el momento al nombre y no al sexo porque es lo "más urgente".

Y ello porque el cambio de sexo está contemplado en una proposición de Ley para reformar la actual normativa y que se encuentra en fase de enmiendas en la Comisión de Justicia del Congreso, después de que la Cámara aprobara su tramitación en noviembre del año pasado.

El texto aprobado pretende introducir tres cambios sustanciales en la legislación, el primero de los cuales persigue que los menores transexuales puedan cambiar su nombre y su sexo en el Registro Civil: si tienen 16 años o más podrían presentar la solicitud ellos mismos, mientras que por debajo de esa edad serían sus progenitores quienes solicitaran el cambio.

La segunda modificación de la ley pasaría por "despatologizar" la transexualidad, es decir, acabar con el requisito de presentar informes médicos o psicológicos para demostrar la identidad sexual. De esta manera, la autodeterminación personal sería el único requisito necesario.

Por último, la proposición de ley defiende que los residentes transexuales extranjeros puedan modificar su nombre y sexo tanto en la tarjeta de residencia como en el permiso de trabajo

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