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Procesada la madre de la menor rescatada de un balcón de Alicante

El juzgado de Instrucción número 1 de Alicante atribuye un delito de abandono temporal de menores a la progenitora de la menor, la resolución establece que la pequeña estuvo en peligro. 

Imagen del momento en el que la menor estaba colgada de la cornisa. EUROPA PRESS

agencias

El juzgado de Instrucción número 1 de Alicante ha dictado auto de procesamiento contra la mujer que dejó sola a su hija de cinco años en un piso de la ciudad  y que tuvo que ser rescatada por los bomberos al quedar colgando del ventanal de la vivienda, situada en un séptimo piso. El magistrado le atribuye un delito de abandono de menores.

El juez ha abierto procedimento abreviado contra la madre por si los hechos pudieran constituir un delito de abandono temporal de la menor.  La resolución concluye que la pequeña estuvo en peligro, y establece un plazo de diez días para que la fiscalía y la acusación particular pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de diligencias.

El auto ,fechado el 9 de marzo, relata que los hechos ocurrieron la tarde noche del pasado 6 de marzo cuando la niña, de cinco años, se quedó sola en casa, en la sexta planta del número 13 de la plaza de Luceros.

En torno a las 21.30 horas, la menor se despertó y sobre las 22.15 horas salió por la ventana que da a la plaza y se quedó colgando solo sujeta a la barandilla exterior del ventanal y apoyada en el alféizar de unos 5 centímetros de grosor, "con el consiguiente peligro para su integridad", advierte el juez.

La niña fue rescatada por los bomberos a las 23.00 horas y la madre, una vez localizada, dijo que había salido "15 minutos" para ir a un gimnasio próximo.

Dos días más tarde de los hechos la progenitora compareció en el juzgado de guardia y quedó en libertad provisional, tras admitir que había cometido un error al dejar sola a la pequeña, según explicó entonces su abogado, José Javier Sáez, a los periodistas.

Además, el padre biológico de la menor se ha persona en el proceso como acusación particular. Las partes pueden solicitar todavía de forma excepción la práctica de pruebas. 

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