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Universidad de Sevilla El exdecano condenado por abusar de 3 profesoras dice que los tocamientos fueron "consentidos"

La defensa del excatedrático de la Hispalense, Santiago Romero, solicita la nulidad de la condena de siete años de cárcel y pide su libre absolución acusando a las víctimas de falsear su testimonio.

Santiago Romero, el catedrático de la Universidad de Sevilla.

Tres meses después de que un tribunal le condenase a siete años y nueve meses de cárcel por abusar sexualmente de tres profesoras, el excatedrático y exdecano de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Sevilla, Santiago Romero, ha interpuesto un recurso contra la sentencia en el que solicita su libre absolución y carga contra las tres mujeres acusándolas de mentir durante el juicio, movidas por “la venganza, el resentimiento y la frustración”.

Romero ha permanecido en silencio durante tres meses en los que la Universidad de Sevilla, donde trabajó durante 43 años, le ha suspendido de empleo y sueldo. Tanto la institución académica como el propio juez (a petición de las denunciantes) le han impuesto una orden de alejamiento que le prohíbe acercarse a menos de 300 metros de su antiguo lugar de trabajo, donde aún imparten clases algunas de las víctimas. Ahora, su abogado defensor ha presentado en los juzgados un extenso recurso, de 79 páginas, en el que niega todos los cargos, solicita su libre absolución y la nulidad de todas las penas pero, sorpresivamente, añade que en caso de que la Audiencia Provincial de Sevilla acepte los hechos denunciados, se le sustituya la pena de prisión por una “multa”.

El recurso, al que ha tenido acceso Público, ha soliviantado el ánimo de las tres mujeres, no sólo porque tilda de “inverosímiles y fantasiosos” (e incluso llega a calificarlos de “cómicos”) los abusos sexuales descritos durante el juicio, sino porque la defensa de Romero hace el siguiente planteamiento: los “tocamientos lascivos” nunca ocurrieron, son una invención o una exageración de las tres mujeres, pero en caso de que la Audiencia Provincial dé por bueno el relato de las denunciantes, la defensa de Romero se escuda en que fue la “reacción” de ellas a esos tocamientos los que hicieron que su cliente entendiera que eran “consentidos”, ya que las víctimas volvieron a su despacho una y otra vez a pesar de que ya se habían producido estos actos, y aparentemente no se quejaron ni reaccionaron.

Así lo explica el recurso: “Estamos convencidos, sencillamente, de que no se dieron ninguno de los hechos denunciados como tocamientos lascivos por parte del acusado a las tres señoras denunciantes”, y añade: “Pero, evidentemente, si se confirmase el criterio de la sentencia recurrida de que los tocamientos existieron, entendemos que necesariamente tendrían que ser percibidos por su autor como consentidos por las profesoras denunciantes, porque la actitud repetitiva de ellas de admitir sin reacción alguna tales tocamientos, en diversas ocasiones, acudiendo al despacho del acusado a pesar de las anteriores experiencias en el mismo sentido, necesariamente tendrían que hacerle suponer, aunque fuese erróneamente (pero sin posibilidad de superar tal error) la aceptación por ellas de tales tocamientos, lo que, al constituir un requisito básico de la tipicidad del delito (artículo 181.1 del Código Penal) que los abusos no sean consentidos, conduciría a la absolución del acusado”.

El recurso tilda los relatos de las víctimas de “inverosímiles”, “fantasiosos” y carentes “de toda lógica”

La defensa de Santiago Romero, que conduce el abogado Jorge Piñero, se fundamenta en restar credibilidad al relato de las víctimas, que tilda de “inverosímiles”, “fantasiosos” y carentes “de toda lógica”. “Es sencillamente imposible de creer que unas profesoras universitarias, de entre veintitantos y treinta años, de fuerte complexión y todas ellas practicantes de deporte, sean sometidas a abusos libidinosos por otra persona de mucha más edad y de muy inferior estatura y complexión física”. El letrado del exdecano de Educación recuerda que en el juicio hubo profesores y profesoras del mismo departamento (que compartían con las víctimas) y que declararon en favor de su defendido, subrayando que estas docentes nunca sintieron ni denunciaron situaciones de abuso como las que describen sus compañeras.

El recurso describe el contexto universitario como un espacio difícil, “cuando no imposible”, para que se produzcan “supuestos tocamientos sexuales en pasillos y zonas comunes de la Facultad de Educación, vigiladas además por su completo sistema de cámaras cuyas imágenes eran perfectamente vigiladas por los bedeles bajo el control de seguridad de la universidad”. “Lo que cuentan las “víctimas” son meras fabulaciones no sólo increíbles sino hasta impensables”, concluye.

La sentencia condenatoria contra Romero se sustenta, sobre todo, en el testimonio de las tres profesoras, avalado por la unidad de valoración de los peritos judiciales, de ahí que el grueso del recurso trate de desacreditar el relato de las mujeres. Cómo es posible, se pregunta el abogado defensor, que las tres profesoras soportasen los tocamientos “sin reacción alguna, durante bastante tiempo, sin protestar, sin gritar, sin pedir ayuda, sin desembarazarse del presunto acosador, sin llamar la atención de la secretaria, sin escapar”.

El abogado advierte de que el despacho del decano de Educación -donde tuvieron lugar los abusos- tiene “la puerta de cristal”, y se encuentra a pocos metros del “trasiego constante de visitantes que entran sin llamar desde el despacho el despacho adjunto de la secretaria o desde la puerta que da al pasillo”. Cómo es posible, insiste, en que las tres mujeres volvieran “una y otra vez al mismo despacho sin compañía, sometiéndose reiteradamente a los mismos tocamientos sin reacción y manteniendo silencio durante años hasta que se produce una denuncia administrativa absolutamente tardía”. “Nadie puede creer una cosa así, por mucho que se intente justificar el silencio y pasividad en el miedo a la autoridad del catedrático o a la dificultad de probar lo ocurrido”, advierte el letrado.

La defensa de Romero atribuye a las tres denunciantes “motivos espurios” contra su cliente

La defensa de Romero atribuye a las tres denunciantes “motivos espurios” contra su cliente, las acusa de mentir y de haberse dejado llevar por “la frustración, el resentimiento y la venganza”, en parte, por cuestiones puramente profesionales (discrepancias en la tesis, en proyectos de trabajo, en elecciones de departamento). El recurso trata de desmontar, una a una, las historias de supuestos abusos y tocamientos descritas al detalle por las víctimas, señalando “contradicciones” en sus relatos, o incluso advirtiendo “el aspecto cómico” de algunos de esos relatos. El abogado tilda de “esperpéntico, grotesco y falso” un suceso de abuso sexual que tuvo lugar en unas escaleras de la facultad, donde supuestamente el acusado le pidió a una de las profesoras que le tocase los genitales porque tenía “un bulto”. De no ser una acusación severa que ha provocado “enorme sufrimiento” al defendido, dice el letrado, “resultaría difícil dejar de apreciar el aspecto cómico que sin duda tiene semejante relato”. Acto seguido matiza: “Aunque obviamente, no hay nada cómico en las gravísimas y falsas acusaciones”.

Grabaciones defectuosas

En última instancia, Romero pide que se aplique a su condena la atenuante de “dilación indebida”, puesto que han transcurrido más de cinco años desde el inicio de la causa hasta la celebración del juicio, a pesar, dice, de que se trata de “un caso de no excesiva complicación, especialmente en lo que se refiere a la actividad del órgano judicial”. El tribunal determinó que el exdecano había abusado sexualmente de las mujeres entre 2006 y 2010, fue expedientado por la Universidad en 2012, cuando culmina una investigación interna, y condenado finalmente en enero de este año).

El recurso sostiene que el fallo es contrario a Derecho y pide la libre absolución o, al menos, una reducción de la condena para eludir la prisión. Aunque la mayor parte del recurso se centra en señalar como falsos los testimonios de las tres profesoras, la defensa del exdecano también denuncia las “deficiencias” de las grabaciones que éstas aportaron en el juicio. Sostiene que no pudo disponer de la totalidad de las copias de dichas grabaciones por estar incompletas y por deficiencia en algunas de las entregadas, y por ello reclama la nulidad de la sentencia y de todo lo actuado desde el momento anterior a la celebración del juicio, “incluido por tanto el juicio ya celebrado que también deberá ser anulado”, y pide retrotraer el procedimiento al juicio oral.

Premio a la “valentía”

La Universidad de Sevilla ha entregado hace unos días el premio a la prevención de riesgos laborales a las tres profesoras de la Facultad de Ciencias de la Educación que denunciaron al excatedrático y exdecano de dicha institución, Santiago Romero. La Hispalense ha querido homenajear la “valentía” de las tres víctimas por denunciar a Romero, y éstas han aceptado el galardón para que sirva de “mensaje a la comunidad universitaria”, para que se reconozca la necesidad de luchar y denunciar para eliminar cualquier conducta de acoso sexual y laboral. Pero han declinado ir a recoger el galardón -en su lugar acudieron sus abogados- y fotografiarse con el equipo del rectorado.

El acusado pide su absolución y las víctimas han recurrido la indemnización a Romero, elevando la cifra a 120.000 euros para cada una

La sentencia que condenó a Romero y de manera civil subsidiaria a la Universidad de Sevilla aún está muy reciente, y la sensibilidad de las tres profesoras que sufrieron abusos sexuales del que fuera decano de la Facultad de Educación durante 13 años sigue frágil. De hecho, en los últimos días el caso se ha reactivado en los juzgados a partir de sendos recursos contra la sentencia, que han sido presentados por ambas partes. El acusado recurre el fallo a la baja, para pedir su absolución. Y las víctimas han recurrido la indemnización que el juez le impuso a Romero, elevando la cifra de 30.000 a 120.000 euros para cada una (240.000 euros en total).

El excatedrático fue condenado a dos años de cárcel por cada uno de los tres delitos de abusos sexuales contra las tres mujeres, y un año más de cárcel por un delito de lesiones contra una de ellas. Ésta ha optado por recurrir individualmente el fallo, para añadir al delito de abuso sexual el de acoso laboral, dada las “recriminaciones y castigos padecidos, las amenazas de consecuencias negativas gracias al peso de su criterio en las votaciones”, además de “hacerle sentir que su continuación en el trabajo dependía de que lo obedeciera, la existencia de que realzara labores que no correspondían como docente, que incluso era de dudosa legalidad, aislara estigmatizándola ante los demás, etc”.

El juez debe estudiar ahora este recurso, aunque fuentes conocedoras del caso apuntan a que puede tener poco recorrido, puesto que el acoso laboral se tipifica por primera vez como delito penal en diciembre de 2010, y la denuncia de las tres profesoras se registró un mes antes, en noviembre de 2010.

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