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Europa investiga a España por emitir porno y violencia

La UE pregunta si los niños están protegidos de los programas de la franja nocturna

ÁNGEL MUNÁRRIZ

La Comisión Europea estudia si España está violando la normativa comunitaria sobre protección de los menores ante la televisión. Las dudas de la Comisión se centran en si la salvaguarda del desarrollo moral y la salud física y mental de los niños está garantizada cuando en España pueden emitirse a partir de las 22.00 horas contenidos considerados inapropiados para ellos, fundamentalmente publicidad de servicios sexuales, pornografía y violencia gratuita.

El interés del organismo surge tras conocer el Informe General sobre Menores y Televisión, elaborado en 2008 por el Consejo Audiovisual Andaluz y que revela que en la comunidad 'un 23,1% de menores ven la televisión entre las 22.30 y las 23.30 horas, lo cual incluye, en números absolutos, a más de 275.000 niños y niñas de entre 4 y 12 años'. La Comisión remitió a España una carta el 22 de abril de este año anunciado la apertura de un expediente informativo, fase previa a la apertura de un procedimiento de infracción.

Las dudas se centran en la adaptación realizada por España del artículo 22 de la Directiva de Televisión Sin Fronteras, que establece la obligatoriedad de fijar medidas que impidan que los programas que puedan perjudicar el normal desarrollo de los menores sean vistos u oídos por estos. En España, el artículo 17.2 de la Ley 25/1994, por la que se incorpora al ordenamiento estatal la Directiva de Televisión Sin Fronteras, señala que 'la emisión de programas susceptibles de perjudicar' al menor , como pornografía, anuncios de prostitución o violencia gratuita, 'sólo podrá realizarse entre las 22.00 horas del día y las 6.00 horas del día siguiente'. Es decir, España fija una franja horaria donde, en teoría, los niños están a salvo de los contenidos potencialmente lesivos. Pero Europa duda de la efectividad de esta medida.

Las autoridades españolas, tras conocer la carta de la Comisión, recabaron la opinión del Consejo Audiovisual Andaluz, que realizó un segundo informe ya remitido a Europa, según fuentes del organismo regulador.

Este informe, con el cual la Comisión debe tomar su decisión sobre si abrir un procedimiento por infracción, señala que 'la defectuosa y ambigua trasposición del artículo 22' de la directiva 'ha originado que en España prevalezca una interpretación de la norma no acorde con el espíritu y la letra de las directrices comunitarias'.

El documento añade que, 'por condicionantes culturales y hábitos de vida', muchos menores ven contenidos inapropiados para ellos a partir de las 22.00 horas.

 

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