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Absueltos de injurias los periodistas que acusaron en falso a Chaves de espiar

RAÚL BOCANEGRA

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a dos periodistas del diario El Mundo, Francisco Rosell y Javier Caraballo, del delito de injurias del que estaban acusados por el ex presidente de la Junta, Manuel Chaves, y el secretario de Organización del PSOE andaluz, Luis Pizarro. Ese diario había publicado el 29 de noviembre de 2001 en portada el siguiente titular: “Chaves mandó espiar durante meses a los presidentes de las cajas de Sevilla”. En 2003, la Audiencia ya comprobó que tal espionaje nunca existió y ahora lo ratifica: “No se ha acreditado la existencia real de los seguimientos y mucho menos que fueran ordenados por ninguno de los querellantes”. Chaves y Pizarro, que siempre habían rechazado con rotundidad la supuesta información, se habían querellado contra el rotativo.

La Audiencia concluye ahora, en el fallo que ratifica la absolución que los periodistas habían logrado en primera instancia, que los informadores actuaron dentro del ámbito de la libertad de información “cuando decicidieron publicar la noticia de que López Benjumea [presidente de la caja San Fernando] había sido objeto de vigilancia, pues, aunque la información no haya resultado acreditada, había sido contrastada con diligencia”.

Sin embargo, no opina lo mismo respecto de la implicación de Chaves y Pizarro. “En la parte en que la información extendía los seguimientos al presidente de otra entidad e imputaba a [Chaves y Pizarro] haberlos encargado no hubo la diligencia profesional exigible en la comprobación de una noticia gravemente lesiva del honor y reputación de los afectados y por tanto, los periodistas querellados no obraban amparados por la libertad constitucional de información, pues la que publicaron no cumplía el requisito de veracidad”, dice la sentencia, de 85 folios.

A pesar de esta consideración, los magistrados José Manuel de Paúl Velasco, Margarita Barros y Carlos Lledó decidieron no condenar a los periodistas al valorar que “el conjunto de circunstancias concurrentes en la obtención, comprobación y publicación de la noticia no determina que los periodistas actuasen con temerario desprecio a la verdad”. Este es el punto clave para lograr una condena por injurias, según la interpretación de la Audiencia Provincial, que acude incluso a sentencias estadounidenses en su argumentación jurídica. Los magistrados dejan abierta la puerta a una posible reclamación por la vía civil.

Rechazo de la confabulación

El fallo también absuelve a López Benjumea y al detective Joaquín Corpas, acusados por Chaves, Pizarro, Juan Escámez, el ex jefe de escoltas de Chaves, y por Miguel Ángel Pino, ex presidente de la comisión de control de la caja San Fernando, de haber montado una operación, con vídeo manipulado incluido, para que alguien picara y acusara a Chaves de espionaje. El tribunal desmonta esta tesis y entiende que no existió tal confabulación. Benjumea, cuando se publicó la información, aspiraba a mantener la presidencia de la caja en medio de una guerra feroz con la Junta.

Mientras el PSOE destacó en un comunicado que la sentencia demuestra que los hechos publicados son falsos, el presidente del PP, Javier Arenas, manifestó: “Hoy es un buen día para la libertad de expresión en Andalucía”. Y añadió, informa la agencia Efe: “[La Justicia] vuelve a quitar la razón al señor Chaves y se la da a los periodistas que informaron y dijeron la verdad”. Sin embargo, la sentencia es meridiana en cuanto a la realidad del espionaje: “Lo que queda claro es que está muy lejos de haberse acreditado los seguimientos a López Benjumea y no digamos al presidente de la otra caja de ahorros y mucho menos acreditado resulta aún que fueran Chaves, Pizarro y Pino quienes encargaran el supuesto servicio de espionaje”.

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