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La Audiencia aprueba la excarcelación definitiva del violador de la Vall d'Hebron

Agencia EFE

La Audiencia de Barcelona ha aprobado la excarcelación definitiva del llamado "violador del Vall d'Hebron" y ha ordenado a la prisión de Quatre Camins, en la que está interno, que lo excarcele hoy, tal y como estaba previsto.

En un auto, la sección quinta de la Audiencia ha rechazado el último intento de la Fiscalía de Cataluña de impedir que el violador, José Rodríguez Salvador, abandone la cárcel, al desestimar el informe que el ministerio público presentó ante el tribunal contra el licenciamiento definitivo del condenado.

La Audiencia recuerda en su auto los argumentos que esgrimió para rechazar otras dos peticiones anteriores de la Fiscalía para impedir la excarcelación de Rodríguez Salvador e insiste en que la llamada "doctrina Parot" sobre cómputo de penas no se le puede aplicar, porque su liquidación de condena está consolidada desde hace ocho años y no hay una situación nueva que lo justifique.

El tribunal considera que el último informe de la Fiscalía no es más que "una reiteración" de sus peticiones presentadas anteriormente, con las que en su opinión pretendía no tanto aplicar la "doctrina Parot" como evitar "por vía indirecta" que el violador salga de la cárcel por riesgo a que reincida.

En este sentido, la Audiencia destaca que el peligro de reiteración delictiva del violador lo expone "un único psicólogo de la prisión, en un informe que se emite a solicitud previa del propio fiscal y sin ningún tipo de contradicción a la hora de su emisión".

Además, para la sección quinta de la Audiencia de Barcelona no es razonable "acudir a fórmulas instrumentales indirectas como la invocación que aquí se hace de la llamada doctrina Parot" para suplir la falta de una ley que prevea "qué hacer con aquellos delincuentes en los que concurra un potencial riesgo de reiteración delictiva cuando están a punto de salir de prisión".

Según el auto judicial, la "doctrina Parot" no puede aplicarse a situaciones personales y penitenciarias "absolutamente consolidadas" porque, de lo contrario, se estarían "abriendo las puertas" para que todos los penados puedan solicitar, en cualquier momento, la modificación de su liquidación de condena si ésta no les conviene.

Más allá del debate jurídico, la Audiencia remarca que el licenciamiento definitivo no es más que "un recibo" cuyo objetivo es garantizar a la administración penitenciaria "la existencia de un cierto control judicial de que realmente se está ante el final de la ejecución de una pena de prisión".

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