Este artículo se publicó hace 16 años.
La Audiencia Provincial declara firme el concurso de acreedores de Air Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid ha considerado firme el concurso necesario de acreedores de Air Madrid que le instaron varios clientes, al rechazar el recurso interpuesto por la aerolínea contra la decisión del Juzgado Mercantil número 5 de Madrid de aceptar la solicitud de los pasajeros y declararle insolvente.
En una sentencia del 8 de mayo, a la que ha tenido acceso EFE, la Sección 28 de la Audiencia Provincial considera "evidente" que Air Madrid incumplió de forma generalizada sus obligaciones con los clientes cuando una familia de pasajeros, asesorados por IURE Abogados, solicitaron su concurso necesario (antigua suspensión de pagos) el 19 de diciembre de 2006.
El tribunal considera que "no tiene sentido" que la aerolínea propiedad de José Luis Carrillo niegue que estuviera en sobreseimiento general de pagos "pues todo indica que atravesaba una situación que le imposibilitaba atender por sí misma, ya fuese de modo temporal o definitivo, el regular cumplimiento de las obligaciones contraídas al no ser ni tan siquiera posible el normal funcionamiento de la entidad".
En este sentido, recuerda que la propia aerolínea emitió un comunicado en el que admitía su "imposibilidad absoluta" de desarrollar su negocio con normalidad y anunciaba la suspensión de la actividad.
La Audiencia Provincial también rechaza el argumento de Air Madrid de que "preveía superar favorablemente" el expediente administrativo que le había abierto el Ministerio de Fomento para retirarle la licencia como operador aeronáutico.
"Bastaba el hecho de que la entidad hubiese incumplido sus compromisos con los viajeros de modo generalizado, como así ocurrió, para que pudiera afirmarse que no podía atender con normalidad la realización de las prestaciones comprometidas con los pasajeros", añade la sentencia.
Además, considera "peculiar" que Air Madrid rechace que varios clientes le instaran un concurso necesario cuando la propia aerolínea pidió el 21 de diciembre de 2006 un concurso voluntario y que, por lo tanto, reconoce que merece ser declarada insolvente.
La sentencia también rechaza el resto de argumentos de la aerolínea para considerar que los clientes que le instaron el concurso necesario de acreedores no estaban legitimados para ello por no tener una deuda "dineraria", sino un pasaje a Buenos Aires, y por el hecho de que su compromiso "no estaba vencido".
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