Este artículo se publicó hace 13 años.
Bruselas no prohíbe aún a las agencias calificar a países rescatados
El comisario europeo del Mercado Interior, Michel Barnier, asegura que necesitan "más tiempo para entrar en los detalles"
La Comisión Europea (CE) ha decidido posponer finalmente la prohibición a las agencias de rating para emitir notas de deuda soberana de países rescatados o que negocian programas de asistencia financiera, si bien a aprobado una regulación par alimitar el poder de dichas agencias.
El comisario europeo del Mercado Interior, Michel Barnier, ha explicado que la suspensión se debe a que creen que se necesita "más tiempo para entrar en los detalles".
Uno de los considerados pilares de esta medida es que las agencias de calificación tendrían que dar más tiempo a los emisores de títulos para poder reaccionar a un cambio en la nota. De esta forma, se verían obligadas a publicar sus calificaciones después del cierre de los mercados y al menos una hora antes de su apertura de la UE. También tendrían que informar a los emisores afectados de una nota o de la publicación de una perspectiva durante el horario de trabajo y con al menos un día laboral de antelación para que puedan verificar los datos, frente a las doce horas que estipula la actual regulación.
La CE quiere evitar de este modo las rebajas por sorpresa y fomentar la transparencia y el rigoer en la elaboración de las notas. Asimismo, con el fin de reducir la dependencia de las calificaciones y de las agencias (sobre todo las tres grandes: Moody's, Fitch y Standard & Poors), la Comisión quiere introducir la rotación obligatoria, de manera que ninguna de ellas pueda calificar al mismo cliente más de tres años.
Hay excepciones, no obstante, como cuando un emisor contrata a más de una agencia para que califique su credibilidad crediticia o sus instrumntos financieros. En ese caso solo una de las agencias tendrá que respetar el límite de tres años, aunque el contrato no debe exceder la duración total de seis.
Las agencias tendrían que publicar sus notas después del cierre de los mercados
En lo que se refiere a los instrumentos de deuda de una entidad, la Comisión propone que la agencia deje de evaluar a un emisor cuando haya calificado 10 veces seguidas sus títulos en un año. Se establece además un "periodo de enfriamiento" de cuatro años, por lo que la agencia no podrá volver a calificar al mismo cliente hasta pasado ese periodo. No obstante, la norma de rotación no se aplica a las evaluaciones no solicitadas o al caso de las calificaciones de deuda soberana.
En cuanto al marco europeo de responsabilidad civil que la Comisión busca crear para las agencias de calificación de riesgo en el caso de que violen, intencionadamente o con una negligencia grave, la regulación, el comisario europeo del Mercado Interior ha precisado que pretenden que sean las propias firmas las que tengan que probar su actuación.
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