Este artículo se publicó hace 13 años.
"Las candidaturas de Bildu son impolutas"
El voto discrepante de seis magistrados de la Sala 61 del Supremo considera un error el haber ilegalizado la coalición abertzale
Héctor Juanatey
“ETA no ha impuesto” el diseño de Bildu “a través de una disuelta Batasuna al conjunto de la izquierda abertzale sino muy al contrario, es esta la que a través de un proceso de maduración política y de discusión interna ha llegado a dar un giro copernicano desde su tradicional actitud subordinada a ETA hacia un rechazo absoluto y sin ambages de la violencia como método de invervención política, apostando exclusivamente por los métodos democráticos”.
Es una de las conclusiones principales del voto discrepante que firman seis de los magistrados que conforman la Sala 61 del Tribunal Supremo que ayer por mayoría impidió a Bildu presentarse a las elecciones. Son Manuel Ramón Alarcón Caracuel, Juan Antonio Xiol Ríos, Gonzalo Moliner Tamborero, José Luis Calvo Cabello, Alberto Jorge Barreiro y Rafael Gimeno-Bayón.
Su voto discrepante con la mayoría hace hincapié en que el hecho de impedir a un partido -o coalición de partidos- presentarse a unas elecciones “no perjudica únicamente a ese partido”o a sus miembros, sino a “aquel sector del electorado que […] desearían votar a esa opción ideológica o partidaria”. Los seis magistrados añaden además que la decisión del Supremo “perjudica también al conjunto de la sociedad” ya que se “cercena la expresión del pluralismo político y la correcta manifestación de la voluntad popular”.
En referencia a los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, el voto particular afirma que no es verdad que exista una continuidad de Bildu con Batasuna. “Continuar la actividad de Batasuna no es meramente querer presentarse a unas elecciones, sino servir de instrumento a ETA, darle apoyo, cobertura”, explican. Manifiestan además la dificultad de esclarecer si existe o no tal continuidad por el hecho de que la nueva formación no ha tenido “tiempo de desarrollar una actividad sobre la que se pueda decir si la misma consiste o no en una continuación de aquella actividad ilícita” por la que se ilegalizó a Batasuna.
Estos jueces declaran que ninguno de los recursos se refiere a esa supuesta continuación. Los recursos tan solo se dedican a demostrar que algunos de los dirigentes abertzales que participaron en la confección de las listas de Bildu tuvieron vinculación con Batasuna. Para el voto discrepante, se trata de un “intento baldío”, ya que la ilegalización de un partido no priva a sus miembros del “derecho de participación política”.
Los Informes de la Policía y la Guardia Civil están llenos de "crasos errores" Los Informes de la Policía y la Guardia Civil, según los magistrados, están llenos de “crasos errores”. Destacan, por ejemplo, el hecho de que se hayan considerado ilegales candidatos que siempre se han presentado con Eusko Alkartasuna, hasta ahora partido legal.El voto discrepante concluye que la coalición abertzale no es una idea de ETA, sino claramente de EA. Para ello, se remiten a unas declaraciones en 2003 de Rafael Larraina, portavoz del grupo parlamentario de EA en la Cámara de Vitoria: “Yo se lo digo con total claridad. Rafael Larraina, portavoz de EA en el Parlamento Vasco, está dispuesto a compartir lista electoral con usted, con el señor Arnaldo Otegi, en las próximas elecciones municipales, simplemente si estamos dispuestos a firmar los dos conjuntamente que es inadmisible cualquier colación dederechos humanos, en general y en concreto, y que no admitimos interferencia a la voluntad de la sociedad vasca ni de ETA ni de Aznar”.
Establecen también diferencias con el caso de Sortu. Destacan sobre todo que Bildu tiene unas “candidaturas impolutas” y cuenta con el apoyo de partidos demócratas y hasta ahora legales como Eusko Alkartasuna y Alternatiba –escisión de Ezker Batua (IU)-. Además, hacen especial mención a la declaración firmada de todos los miembros de la coalición por la que rechazaban cualquier uso de la violencia.
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