Este artículo se publicó hace 13 años.
La cárcel de Albolote deniega el permiso extraordinario por Navidad para Neiro
La Junta de Tratamiento de la prisión de Albolote (Granada) ha denegado hoy la petición hecha por el abogado de Miguel Montes Neiro, que asegura ser el preso común más antiguo de España y al que el Gobierno le ha concedido el indulto parcial, para que pueda pasar lo que resta de las Navidades con su familia.
Según han informado a Efe fuentes penitenciarias, la solicitud ha sido rechazada por unanimidad al no concurrir ninguno de los supuestos legalmente establecidos en el artículo 155 del reglamento penitenciario, que establece los casos en los que es posible la concesión de permisos extraordinarios.
Esos supuestos son fallecimiento o enfermedad grave de un familiar, el nacimiento de un hijo u otros motivos de esa naturaleza.
Al no concurrir ninguno de esos supuestos en el caso de Montes Neiro, la Junta de Tratamiento ha rechazado la petición por unanimidad, según las fuentes.
Con esta petición formulada el pasado 22 de diciembre en el registro del centro penitenciario, la familia de Montes Neiro pretendía que se le concediera un permiso especial hasta que se le practique la liquidación de condena por el indulto parcial que le concedió el 16 de diciembre el Consejo de Ministros o se cumpla lo acordado en noviembre por el Tribunal Supremo, que ordenó a la Audiencia de Granada que revisara las condenas del preso.
Precisamente, la Audiencia de Granada notificó el martes pasado al abogado del preso, Félix Ángel Martín, la recepción del fallo del Tribunal Supremo que ordena a ese órgano judicial que haga una nueva liquidación de las condenas sobre el doble cómputo de la prisión preventiva.
Según el cómputo realizado por el abogado, con esa refundición de penas Montes Neiro habría cumplido ya 7.600 días de más de condena, por lo que debe quedar en libertad.
Ahora hay que esperar a que la Audiencia de Granada se pronuncie al respecto.
El Consejo de Ministros del pasado 16 de diciembre concedió a Montes Neiro un indulto parcial aplicable a una pena de multa que le fue impuesta por una falta de respeto, y a cuatro años y medio de una pena total de doce años de cárcel que cumple el preso.
Montes Neiro está cumpliendo además otra condena de trece años de cárcel por la que no se le concedió el indulto.
Por tanto, su puesta en libertad no depende tanto del indulto como de la liquidación de condenas que hagan los tribunales después de que el Supremo, a quien recurrió el abogado antes de solicitar el indulto al Gobierno, ordenara a la Audiencia de Granada que hiciera una nueva revisión de las condenas.
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