Este artículo se publicó hace 15 años.
El CGPJ vuelve a estudiar la petición De Urquía de reingresar al servicio activo
El Consejo General del Poder Judicial volverá a estudiar hoy la petición del juez Francisco Javier de Urquía de reingresar al servicio activo de la carrera judicial, una vez que ha cumplido la pena de 21 meses de suspensión del cargo de magistrado que le ha impuesto el Tribunal Supremo por cohecho.
Este asunto ya fue analizado por la Comisión Permanente del CGPJ el pasado 12 de mayo y acordó requerir al magistrado un certificado negativo de antecedentes penales.
De Urquía, quien ha solicitado el reingreso a fin de participar en el primer concurso de destinos que se produzca, ya ha aportado la documentación que le ha requerido el órgano de gobierno de los jueces, entre ella un certificado médico oficial demostrativo de no encontrarse incapacitado física o psíquicamente.
Según fuentes del Consejo, la documentación está completa, pero en el certificado de penales consta la anotación de la condena de 21 meses de suspensión de empleo o cargo público y la cancelación de los antecedentes delictivos desaparecerán tras el transcurso de tres años sin delinquir, es decir el 26 de marzo de 2012.
Por ello, la Comisión Permanente del CGPJ analizará mañana si los antecedentes penales del juez, que sigue perteneciendo a la carrera judicial pues no se ha llevado a cabo su separación de la misma, imposibilitan su reingreso al servicio activo.
El Consejo estima que de entender que no podía declararse la aptitud para el reingreso al servicio activo del juez hasta tanto no cumpliera los tres años, "no existe en la Ley Orgánica del Poder Judicial situación administrativa alguna en que pudiera ser encuadrado".
No obstante, cree que con ocasión del reingreso a la carrera judicial del magistrado Javier Gómez de Liaño, tras su indulto, se entendió que no tendría sentido imponerle esa carga para retrasar su reingreso hasta que cancelara los antecedentes penales.
Según un informe del Servicio de Personal del CGPJ, de considerar que ésta última es la interpretación que ha de darse respecto de los antecedentes penales para aquellos que han sido condenados por delito habría que admitir el reingreso al servicio activo de De Urquía.
El pasado mes de abril el CGPJ acordó, tras la sentencia dictada por el Supremo, que este juez perdiera el destino que ocupaba en el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella (Málaga).
El Supremo absolvió a De Urquía de un delito de prevaricación por el que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le había condenado a una multa de 36.000 euros, y confirmó que es autor de un delito de cohecho.
En su sentencia, el Supremo justifica la reducción de la pena en el hecho de que, aunque ha quedado probado que De Urquía pidió dinero a Roca -73.800 euros- para pagar la entrada de una vivienda a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales, al haberse anulado la condena por prevaricación -es decir, haberse estimado que no hubo tal trato de favor- la pena debe ser menor.
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