Este artículo se publicó hace 16 años.
Competencia rechaza que la Administración pueda fijar los precios en el transporte
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) considera como un "incumplimiento" del principio de regulación eficiente del sector del transporte de mercancías por carretera la posibilidad de que la Administración Pública pueda fijar precios.
Así lo sostiene en un informe divulgado hoy titulado "Recomendaciones a las administraciones públicas para una regulación de los mercados más eficiente y favorecedora de la competencia".
En este documento no se profundiza más sobre la fijación de precios en dicho sector, porque ayer se divulgó otro, "ad hoc", sobre "La fijación de tarifas mínimas en el transporte de mercancías por carretera", según fuentes de la CNC.
En ese informe la CNC afirma que la fijación de tarifas mínimas del transporte por carreteras que no es "ni legalmente posible ni económicamente procedente".
En cuanto al de Recomendaciones a las Administraciones, la CNC también identifica mejoras en el sector de la distribución comercial, el sector energético y de determinados servicios públicos.
Así, en el ámbito de la distribución comercial recomienda eliminar las licencias autonómicas necesarias para abrir grandes superficies comerciales, ya que pueden establecer "moratorias" que impiden estas aperturas y limitan la competencia geográfica.
En el ámbito de la negociación colectiva recomienda la exclusión de las cláusulas comerciales en los convenios colectivos y dice que "resultaría beneficioso para la regulación de las condiciones de la competencia".
También propone mejoras en el sector energético, en el acceso al mercado de comercializadores en el sector eléctrico y de gas natural y en el acceso de distribuidores de gas natural a redes de terceros.
En este sentido, el informe señala que la actual Ley de Hidrocarburos es una norma "imprecisa" que propicia el "incumplimiento" en lo que se refiere a la definición de lo que constituye una red de distribución de gas natural, ya que se puede dar la circunstancia de que un distribuidor pueda hacer simultáneamente funciones de transportista y distribuidor.
Por ello, pide que se regule con más precisión los principios sobre la evaluación de la suficiencia en la capacidad de suministro, de forma que se especifiquen las variables que serán empleadas, y su magnitud, para determinar qué operador es el mejor posicionado para dar su acceso.
En cuanto a los servicios profesionales, la CNC insiste, en línea con la Comisión Europea (CE), en la supresión de la facultad de los Colegios Profesionales para establecer baremos de honorarios orientativos y apuesta por fijar precios fijos en las actividades de los procuradores.
En el ámbito de la contratación pública, recomienda mejoras en lo referente a la obligación, vía pliegos, de constituir uniones temporales de empresarios (UTE) que considera que debería dejarse a la "libre elección de los concurrentes" y también en la adjudicación de contratos.
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