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Competencia resuelve el expediente del fútbol

La decisión de la CNC destruye las bases del fallo contra Mediapro, según la productora

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El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha cerrado el expediente sobre los derechos del fútbol con una resolución que, según Mediapro, destruye las bases de la sentencia del juzgado número 36 de Madrid que condenaba a la productora a pagar 97 millones de euros por el supuesto incumplimiento del acuerdo sobre la explotación de los citados derechos en 2006.

En concreto, la resolución señala que la cláusula quinta del citado acuerdo, que otorgaba a Audiovisual Sport la explotacióny renovación de los derechos audiovisuales, así como la adquisición de otros nuevos, 'nunca debió entrar en vigor', y que el contrato en su conjunto 'dejó de estar vigente al terminar la temporada 2008/2009', según indicó este viernes al respecto Mediapro (algunos de cuyos accionistas son editores de Público) a través de un comunicado.

En consecuencia, la produtora señala que, partiendo de la consideración de que dicha cláusula es contraria a la legislación española y europea de defensa de la competencia, la misma 'es nula de pleno derecho desde el mismo momento de su firma', como ya denunció hace tres años Mediapro ante la propia CNC. Al mismo tiempo, la productora catalana señala igualmente que, a tenor de lo establecido por la CNC, el acuerdo y sus cláusulas son 'nulos de pleno derecho' a partir de la temporada 2009/2010.

Limitación de los contratos

Por otro lado, la CNC entiende que, para compensar los efectos de 'cierre de mercado' apreciados por este tipo de acuerdos sobre derechos, es necesario que los contratos del fútbol no tengan una duración superior a tres temporadas, ya que de lo contrario serían 'anticompetitivos', al igual que los derechos de tanteo y retracto y de prórroga que permiten prolongar la duración de los contratos más allá de ese plazo. No obstante, tras admitir la 'excepcionalidad' del entramado contractual existente en la actualidad, la CNC resuelve que los contratos vigentes se consideren compatibles con el derecho de competencia en la medida que su vigencia no vaya más allá de la temporada 2011/2012.

Esto entra en clara contradicción, sin embargo, con lo establecido por la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que entrará en vigor el próximo 1 de mayo y que confirma la validez de los contratos del fútbol existentes hasta la temporada 2013/2014. Según Mediapro, no hay que olvidar, en este sentido, que la Ley de Defensa de la Competencia excluye en su artículo 4 la aplicación de las normas de competencia a las conductas amparadas por una ley.

Por último, la CNC impone multas de 25.000 a 150.000 euros a las empresas que firmaron el acuerdo en 2006, si bien deja claro que se trata de sanciones 'simbólicas' atendiendo al hecho de que la cláusula quinta no se ejecutó porque Mediapro no se avino a ello.

 

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