Este artículo se publicó hace 16 años.
Condenan a De la Rosa a 3 años por apropiación indebida y lo absuelven de fraude fiscal
El empresario Javier de la Rosa ha sido condenado por la Audiencia de Barcelona a tres años de cárcel por un delito de apropiación indebida de 68 millones de euros de Grand Tibidabo, aunque ha quedado absuelto del delito de fraude fiscal que mantenía la abogacía del Estado.
Según la sentencia por el macroproceso por la descapitalización de Grand Tibidabo, la Audiencia de Barcelona también ha condenado a un año de cárcel al director general y presidente de la compañía, Joan Cruells, al ex presidente del Consorcio Nacional del Leasing (CNL), Florencio Cerdà, y al ex representante de Fitinvest, Ramón Fiter, también por un delito continuado de apropiación indebida.
La sentencia confirma así el acuerdo alcanzado en la fase del juicio entre las partes, a excepción de la abogacía del Estado, después de que De la Rosa aceptara su inculpación como responsable de apropiación indebida continuada, pero rechazara haber cometido fraude fiscal.
La Audiencia ha condenado también por apropiación indebida a tres meses de prisión a Manuel Prado, responsable de empresas involucradas en la trama, pero ha absuelto a todos los procesados del delito de fraude fiscal que pedía el abogado del Estado.
En un pacto previo a la celebración del juicio oral, todas las partes acordaron penas de tres años de prisión para los cuatro principados acusados por un delito continuado de apropiación indebida y la retirada de los cargos de fraude fiscal, a excepción del abogado del Estado, que mantuvo esa acusación.
En lo relativo al supuesto impago de impuestos a Hacienda, los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de Barcelona han valorado las "consecuencias que están en juego", que no son otras que ver "si el ingente número de perjudicados" (más de 10.500 accionistas) por este proceso podrán, después de más de trece años de espera, recuperar parte de los ahorros perdidos.
En el juicio, celebrado el pasado 14 de enero en la Audiencia, la Fiscalía y los letrados de los querellantes criticaron que desde el Estado se reclamaran impuestos de un expolio patrimonial y alertaron de que una condena por fraude fiscal perjudicaría doblemente a los pequeños inversores afectados, ya que recuperarían menos fondos al tener que abonar los impuestos a Hacienda.
Pero la Abogacía del Estado defendía que el empresario y cuatro de los acusados en el caso de descapitalización de Grand Tibidabo defraudaron a la Hacienda Pública una cuota de más de 270 millones de las antiguas pesetas en impuesto de sociedades (1,6 millones de euros), acusaciones que el mismo De la Rosa negó ante el tribunal.
En la sentencia, los magistrados destacan que los acusados no actuaron "para" la sociedad CNL -a la que la Abogacía del Estado reclama impuestos-, sino "contra" los intereses de la misma y que los accionistas desconocían las maniobras de malversación financiera que se estaban llevando a cabo.
Por tanto, dictamina que los accionistas de la sociedad son los "verdaderos y reales" perjudicados por los hechos que se cometieron y considera "inaceptable" que los perjudicados por ese delito deban sufrir, al propio tiempo, las consecuencias por una condena de responsabilidad civil a la empresa.
Resulta pues un "contrasentido" considerar a CNL "defraudador" y solicitar su condena como responsable civil, cuando "es evidente que dicha mercantil (sus accionistas) es la parte perjudicada por estos hechos", señala la sentencia.
Así, consideran que las cantidades malversadas constituyeron "perdidas extraordinarias" para CNL, ya que fue un robo de dinero, operaciones "ilícitas" que los acusados llevaron a cabo con la finalidad de apropiarse de los recursos de Gran Tibidabo, "no de entregas de dinero decididas legítimamente por los órganos de la sociedad.
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