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Contratar a víctimas del terrorismo será bonificado con 1.500 euros

Los conservadores también precisan las causas objetivas de despido en sus enmiendas al proyecto de ley de reforma laboral

E. H. / AGENCIAS

Las empresas que contraten a víctimas del terrorismo serán bonificadas con 1.500 euros anuales durante cuatro años. Es lo que ocurrirá si finalmente el Congreso de los Diputados acepta en el proyecto de ley de reforma laboral una enmienda en este sentido presentada ayer por el PP a propuesta de UPyD. Una modificación que, por cierto, fue presentada fuera de plazo por ambos grupos. 

Según ha explicado en rueda de prensa el portavoz parlamentario de los conservadores, Alfonso Alonso, este cambio supone extender a las víctimas del terrorismo beneficios que ya se aplican a las compañías que contratan a víctimas de violencia machista. Además, se reconoce a estos trabajadores el derecho a la reordenación de su tiempo de trabajo y a la movilidad geográfica, así como a acceder de forma preferente a otro puesto que la empresa tenga vacante en cualquier centro de trabajo. Para Alonso, este acuedo con UPyD 'da cuenta del esfuerzo de diálogo'que está dispuesto a hacer el PP en la negociación de la reforma laboral y supone una ventaja que 'sirve de apoyo a los que peor lo han pasado'. 

A pesar de la receta de austeridad con la que el PP intenta vestir todas sus medidas, la formación que lidera Rosa Díez ha logrado introducir en la reforma del mercado de trabajo del Gobierno uno de sus temas estrella, con incremento del gasto para las arcas públicas incluido.

Entre las 40 enmiendas que los conservadores han incluido en la reforma laboral, el PP ha introducido una por la que se pretende precisar que los despidos por causas objetivas se permitirán si la disminución se produce, además de en las ventas, en los 'ingresos ordinarios' durante dos trimestres consecutivos comparados con los mismos trimestres del año anterior. Lo mismo se aplicará (pero con un periodo de tres meses) para la regulación de empleos, informa Europa Press.

El partido de Mariano Rajoy también enmienda otro artículo para aclarar que 'no se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cácer o enfermedad grave'. Así, propone excluir como causa de despido el absentismo reiterado al puesto de trabajo con motivo de patologías graves. El texto original no revelaba nada al respecto y señalaba que los despidos se podrían plantear si las faltas alcanzaban 'el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses'. La enmienda también propone que la primera de las posibilidades planteadas sólo se tenga en cuenta si 'el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores' alcanza 'el 5% de las jornadas hábiles'.

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