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Las entidades sociales de Catalunya reclaman un "acuerdo urgente" contra la pobreza energética

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Àngels Guiteras, presidenta de la Taula de Entidades del Tercer Sector de Catalunya, mostró este viernes su indignación por la decisión del Tribunal Constitucional de suspender provisionalmente el decreto sobre pobreza energética que la Generalitat aprobó en diciembre de 2013 y por el que se impedía la interrupción del suministro energético a las personas en situación de vulnerabilidad económica durante los meses de invierno. La medida había sido recurrida por el Gobierno de Mariana Rajoy.

'Nos quedamos muy preocupados porque el Estado español ni hace ni deja hacer. No tiene ningún tipo de sensibilidad. Deja en una situación de más precariedad al 12% de familias catalanas que pueden hacer frente al recibo eléctrico', afirmó Guiteras en una entrevista en Rac1. 'Una vez más, la posición del Gobierno español es una vergüenza', añadió. Guiteras ha instado a la Generalitat, en concreto al conseller Felip Puig, a establecer acuerdos con las compañías eléctricas para garantizar el suminsitro a las familias más vulnerables: 'Es urgente, pero sobre todo es viable. Hay que negociar porque las personas lo demandan y lo necesitan'. 

El Constitucional estima que el decreto, en realidad una modificación de la ley de 2010 del Código de Consumo de Catalunya, invade competencias estatales en materia de régimen energético, dando así inicialmente la razón al Gobierno central.  El recurso del Gobierno producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida pero el tribunal en su caso deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

Pero Para Guiteras no hay tiempo que perder: 'No tenemos esperanza de que el Tribunal Constutucional dé una respuesta inmediata, que es lo que necesitamos ahora'. A la presidenta de la Taula de Entidades del Tercer Sector de Catalunya, institución que agrupa a 32 federaciones y grandes organizaciones sociales de toda Catalunya, tampoco le ha gustado mucho la reacción de la Generalitat: 'Desde la Mesa de la pobreza energética, lo que nos proponen la Generalitat y las compañías eléctricas es crear un fondo de suminsitros básicos. Pero esto no es una respuesta para hoy, ni para mañana ni para pasado mañana'.

'Es muy lamentable que nos encontremos a las puertas del invierno con esta situación de no hacer nada', concluyó Guiteras, quien también abogó por que 'los oligopolios eléctricos asuman su responsabilidad'.

Ahora el Gobierno y al Parlamento de Catalunya dispondrán de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones, informa el Tribunal, que aclara que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que resolverá en próximas fechas.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 26 de septiembre la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra esta norma catalana por estimar que invade las competencias estatales en materia de régimen energético. Según argumentó el Gobierno, el citado decreto ley va contra la normativa básica estatal y tiene impacto en el resto de consumidores de electricidad de otras comunidades autónomas porque introduce la definición de personas en situación de vulnerabilidad económica.

La ley estatal del sector eléctrico determina que serán considerados consumidores vulnerables aquellos que cumplan con las características sociales que se determinen reglamentariamente por el Gobierno, y el bono social, en concreto, será de aplicación a quienes se determine por real decreto del Consejo de Ministros, según un umbral referenciado a un indicador de renta per cápita familiar.

Hasta que se apruebe tal normativa, la figura del consumidor vulnerable se encuentra ligada al perceptor del bono social, que recoge la ley del 26 de diciembre de 2013. Los requisitos para tener derecho a la percepción del bono social establecidos a nivel nacional difieren de los que recoge el Decreto Ley 6/2013 de Catalunya, lo que supone una discriminación de los consumidores del resto del territorio español, a juicio del Ejecutivo de Rajoy.

El decreto de la Generalitat establece también la imposibilidad de que el suministro de energía eléctrica sea suspendido para dicho colectivo entre los meses de noviembre a marzo, ambos incluidos, posibilitando que el consumidor satisfaga la deuda pendiente entre los meses de abril a octubre siguientes.

La regulación estatal no prevé exención alguna para dicho colectivo y la posibilidad de aplazamiento de la deuda contraída por el consumidor en situación de vulnerabilidad unido a la posibilidad de acuerdo de precios sociales mencionados en el punto siguiente tendría repercusión directa sobre los ingresos del sector eléctrico al alterar el pago por aplicación de peajes de acceso y cargos.

Según el Gobierno, se contraviene la ley del sector eléctrico que prevé un sistema de tarifa de último recurso fijada por el Ejecutivo central y única en todo el territorio nacional.




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