Este artículo se publicó hace 14 años.
Estrasburgo apoya a España en el caso Vera
Sin embargo considera que la imparcialidad del juez Garzón en el caso podría estar en entredicho
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció hoy que España no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos por la presunta parcialidad del juez Baltasar Garzón en el juicio contra Rafael Vera por el secuestro en 1983 de Segundo Marey, aunque censura la actuación del magistrado.
De hecho, el texto señala que "la imparcialidad del juez de Instrucción nº 5 (de la Audiencia Nacional española) podría estar en entredicho" por las "relaciones personales conflictivas" y la "enemistad manifiesta" entre el demandante y el magistrado, después de que éste reabriera la instrucción del caso cinco días después de abandonar el Gobierno.
La sentencia añade que Garzón "no respondió a la exigencia de imparcialidad"
Vera y Garzón coincidieron en el Gobierno de Felipe González que salió de las urnas el 6 de junio de 1993 como secretario de Estado de Seguridad y delegado del Gobierno para el Plan Nacional contra la Droga, respectivamente. La sentencia añade que Garzón "no respondió a la exigencia de imparcialidad" que contempla el artículo 6 del Convenio.
La Sala Tercera del Tribunal votó, por 4 votos contra 3, a favor de la no violación de España de los artículos 6.1 (derecho a un juicio justo y a un tribunal independiente e imparcial) y 6.2 (presunción de inocencia) del citado Convenio.
Según indicaron fuentes del Tribunal de Estrasburg, es la primera vez que el artículo 6.1 se aplica a un juez de instrución y no a un tribunal. En contra del fallo, presentaron votos particulares los magistrados esloveno, Bostjan Zupancic; irlandesa, Ann Power; y andorrano, Josep Casadevall.
La sentencia señala que la decisión estuvo "ampliamente motivada"
Éste último, presidente de la sala, estimó que la actuación de Garzón supuso "una violación flagrante" del artículo 6, ya que su "falta de imparcialidad objetiva (...) ha contaminado toda la instrucción".
La razón por la que Estrasburgo no condena a España, pero reprende la actuación de Garzón es que el juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Eduardo Moner no se limitó a reproducir la instrucción del magistrado de la Audiencia Nacional, sino que, al contrario, llevó a cabo una nueva instrucción. La sentencia de Estrasburgo señala que la decisión adoptada por el Tribunal Supremo estuvo "ampliamente motivada".
Vera, defendido por el abogado Manuel Cobo del Rosal, presentó en Estrasburgo su demanda contra España el 26 de junio de 2001, que fue admitida parcialmente por una decisión adoptada el 2 de mayo de 2007.
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