Este artículo se publicó hace 12 años.
El fiscal cree injustificado limitar el horario de las concentraciones de Sol
La Fiscalía ha rechazado hoy la limitación en los horarios en las concentraciones de la Puerta del Sol con motivo del primer aniversario del 15M fijada por la Delegación del Gobierno en Madrid por considerar que "carece de justificación" al no haberse acreditado "ningún peligro para personas y bienes".
La sección novena de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha celebrado hoy una vista para estudiar el recurso presentado por el particular Roberto Moncho, convocante de las protestas en la Puerta del Sol del 12 al 15 de mayo, contra la limitación de los horarios de las concentraciones.
Moncho comunicó a la Delegación del Gobierno que era intención de su "grupo de amigos" celebrar una "reunión" en la Puerta del Sol desde las cero horas del 12 de mayo hasta las 23:59 del 15 de mayo para "planificar las protestas pacíficas" contra los recortes del Estado de Bienestar, así como para protestar contra la corrupción institucional.
La Delegación del Gobierno acordó autorizar las concentraciones con limitación horaria: de 17:00 a 22:00 horas el 12 de mayo, debido a la existencia de otra convocatoria previa en horario de mañana, y de 12:00 a 22:00 horas los días 13, 14 y 15 de mayo.
Durante la vista en el TSJM, el Ministerio Público ha pedido que se admita el recurso por considerarlo "ajustado a derecho" y ha estimado que es "una incongruencia" que se restrinja el derecho de reunión para "evitar un perjuicio a las actividades de comercio y ocio de la zona" y se autoricen las concentraciones de 12:00 a 22:00 horas en horario comercial.
Por su parte, el abogado del convocante de las concentraciones ha pedido que prevalezca el derecho de reunión de los ciudadanos frente a la limitación en los horarios establecida por la Delegación del Gobierno "sin fundamentación alguna".
"No se puede poner la venda sin que haya herida", ha dicho el letrado, que ha reclamado que se respete el derecho de los ciudadanos a "reunirse" para "trabajar y reflexionar" en la Puerta del Sol "pacíficamente", como lo hicieron el año pasado.
El abogado del Estado, en representación de la Delegación del Gobierno en Madrid, ha argumentado que el derecho de reunión no es "absoluto", sino que "tiene límites" y debe aplicarse "con proporcionalidad y racionalidad" dentro del sistema de derechos fundamentales.
Para esta parte, la ocupación "con carácter semi-permanente" de una vía pública como la Puerta del Sol durante cuatro días "no está debidamente justificada" y, en su opinión, "encubre finalidades distintas del derecho de reunión".
La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se notificará a las partes mañana.
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