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El fiscal reprocha al juez Castro basar en "meras sospechas personales" la imputación de Cristina

Cree que el instructor ha dado a la infanta un 'trato discriminatorio' al acusarla de hechos que no son delito

ANDRÉS MUÑIZ

El fiscal Anticorrupción de Baleares Pedro Horrach reprocha al juez José Castro basar la imputación de la infanta Cristina en el 'caso Nóos' en 'meras sospechas personales' y 'circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas'. En el recurso de apelación que dirige a la Audiencia de Palma de Mallorca contra el auto del instructor, asegura además que el magistrado ha dado un 'trato discriminatorio' a la hija pequeña del rey por imputarla por 'hechos que a priori no presentan rasgos delictivos'. Tras el escrito, el juez Castro ha aplazado la declaración de la infanta prevista para el próximo 27 de abril hasta que la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca resuelva el conflicto.

A lo largo de 20 folios, el fiscal muestra su radical discrepancia con los indicios delictivos contra la infanta encontrados por el juez Castro, quien considera que se ha basado en los mismos hechos que, en marzo de 2012, el propio instructor encontró inconsistentes y débiles para imputar a la esposa de Urdangarin, cuando lo pidió el sindicato 'Manos Limpias'.

En los argumentos del fiscal se encuentran también ecos de la máxima de que 'la justicia es igual para todos' que defendió el rey en 2011 y el juez Castro en el auto en que imputó a Cristina. El fiscal dice que su recurso también lo inspira 'la observancia del principio de igualdad ante la ley', que considera roto en este caso al imputarse a una persona por hechos no delictivos, donde se ha deformado la verdad para ajustarla 'a expectativas o sospechas personales'. Insiste en que el trato a Cristina es, por ello, 'discriminatorio'.

Para Anticorrupción, de toda la investigación de la causa, 'únicamente ha podido extraerse el hecho incuestionable de que doña Cristina de Borbón y Grecia figuraba como vocal del Instituto Nóos, de que su nombre aparecía reflejado en el folleto publicitario del mismo y de que ostentaba participaciones sociales de la entidad mercantil Aizoon S.L.'.

De 6 de los 14 indicios que exponía contra Cristina el auto del juez Castro, el fiscal señala que son 'viva reproducción' de los esgrimidos en 2012 por la acusación popular en nombre de 'Manos Limpías', que fueron rechazados entonces por el propio juez Castro y por la Audiencia de Palma.

Para la Fiscalía, en contra de lo sostenido por el juez, no hay el más mínimo indicio de que el secretario de las infantas, Carlos García Revenga, comunicase a Cristina 'hechos que impliquen un mínimo conocimiento de la presunta actividad delictiva de su marido'.

También desmonta la relevancia de la afirmación de Diego Torres, exsocio de Urdangarin, de que la infanta tenía en la Junta Directiva de Nóos, el instituto usado para los presuntos delitos del duque de Palma, el mismo conocimiento e intervención que todos los demás. El Ministerio Público cree que es una afirmación inocua en sí misma porque la Junta no se reunió jamás y nunca adoptó, por tanto, decisión alguna. Y tampoco cree que haya pruebas de que Cristina participase en decisiones delictivas de Nóos.

Sobre la aparición del nombre y rango real de la infanta en los folletos informativos de Nóos, el fiscal resalta que no tiene entidad suficiente como para ser indicio de la cooperación en un delito de tráfico de influencias, 'por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate'. En ese sentido, indica que el propio juez Castro estaba de acuerdo en ello en su auto de 5 de marzo de 2012 cuando rechazó la petición de Manos Limpias de imputar a la infanta.

En ese sentido, recuerda que el director general de Deportes del Govern balear, José Luis Ballester, firmanente de convenios con Nóos, declaró en la causa que nunca vió el folleto del Instituto ni sabía que la infanta era vocal de su Junta.'Si el responsable político supuestamente influenciado desconoce que doña Cristina de Borbón fuera vocal del Instituto Nóos y no trató o gestionó de algún modo con ella temas vinculados a la Asociación, ¿cómo puede ejercer aquella una influencia delictiva?'

En cuanto a posible cooperación de la infanta en delitos fiscales de Urdangarin, derivada de ser socia al 50% de Aizoon S.L., usada en esos hechos, la Fiscalía destaca que 'el gestor de hecho y derecho' de esa empresa es Urdangarin, sin que haya indicio de participación de Cristina en esa gestión. Añade que la Agencia Tributaria, en enero de este año, denunció tan sólo supuestos delitos fiscales del duque de Palma.

Añade Horrach que, por lo que él sabe, 'jamás se ha imputado a un socio de una compañia mercantil por delito contra la Hacienda Pública por el mero hecho de tener la cualidad de socio, si dicha posición societaria no viene acompañada de la asunción, en algún grado, de responsabilidad en la gestión directa de la sociedad'.

'Si los indicios acumulados a lo largo de esta extensa investigación no poseen entidad penal, no se barrunta el sentido que tiene su citación en calidad de imputada', concluye el fiscal, que ha pedido y conseguido que el juez instructor paralice la citación de la infanta hasta que la Audiencia resuelva su recurso de apelación.

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