Este artículo se publicó hace 14 años.
La Fiscalía no ve delito en las críticas de Montalbán al juez Serrano
La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha dicho hoy que no ve "relevancia penal alguna" en el comunicado en el que Inmaculada Montalbán, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), criticó al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por descalificar la Ley de Violencia de Género.
En un comunicado, la fiscal jefe informa de que ha recurrido el auto del juzgado de instrucción 10 de Sevilla por el que acordó remitir la denuncia de Serrano al Supremo, como órgano competente para instruir las causas contra aforados, pues no aprecia los indicios de delitos de injurias y calumnias que sí vio la juez.
El comunicado afirma que no es procedente remitir las actuaciones al Tribunal Supremo "al no existir relevancia penal alguna en los hechos denunciados", que están amparados en la libertad de expresión de Montalbán, vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género.
Por ello, la Fiscalía pide el "archivo directo de las actuaciones por el juzgado de instrucción", pero además recurre el auto porque la juez debió hacer "una exposición razonada acompañando la remisión", lo que no hizo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo y Constitucional.
El juez Serrano, que ha criticado públicamente la Ley contra la Violencia de Género porque, a su juicio, favorece las denuncias falsas y "estigmatiza al hombre por el hecho de serlo", fue respondido públicamente por Montalbán en un comunicado que, además, fue colgado en la página web del CGPJ.
En él, la presidenta del Observatorio calificaba las opiniones de Serrano como carentes de rigor, afirmaba que denotaban un "desconocimiento e insensibilidad" ante un problema social y terminaba afirmando que de sus declaraciones podrían derivarse "posibles responsabilidades" disciplinarias.
La juez de instrucción 10 de Sevilla acordó remitir la denuncia de Serrano a la Sala de lo Penal del Supremo porque los hechos relatados "hacen presumir la posible existencia de una infracción penal, en concreto de injurias y amenazas realizadas con publicidad".
La fiscal jefe, sin embargo, considera que el auto recurrido no realiza la exposición motivada que hubiera requerido la inhibición al Tribunal Supremo, por lo que solicita su reforma.
Ello con independencia de que la Fiscalía "considera que los hechos no revisten trascendencia penal y que procede que se archive directamente la denuncia, por hallarse amparadas las manifestaciones denunciadas bajo el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".
Entiende la Fiscalía que las expresiones y opiniones que vertió Montalbán "no pueden considerarse por si solas como injuriosas, más cuando se deben de contextualizar dentro del debate al que obedecen dichas expresiones".
Además, incluso la expresión "carente de rigor" que se recogía en el texto de Montalbán contra Serrano, citado por éste como injurioso, fue utilizada por él mismo en sus críticas al informe sobre violencia machista del Grupo de Expertos del CGPJ.
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