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El Gobierno aprueba desahucios más rápidos

El dueño podrá resolver el contrato si quiere el piso para sus padres o hijos

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El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas, que contempla, entre otras medidas, la agilización de los procesos judiciales de desahucio y de reclamación de rentas derivadas del arrendamiento.

Con el objetivo de que se pongan más viviendas en alquiler, el proyecto remitido al Parlamento introduce cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos de forma que, tanto el desahucio como la reclamación de alquileres impagados, se tramiten en juicio verbal un procedimiento más rápido. Además, en cuanto se deje de pagar un mes ahora son dos, el propietario podrá presentar una demanda contra el inquilino.

La reforma del Gobierno ya ha levantado críticas. El Observatorio de Derechos Humanos Desc ha denunciado ante Naciones Unidas lo que denomina 'desahucioexpress' y critica que se aprueben estas medidas sin que exista un parque público de vivienda social que en la actualidad no llega al 2% del parque de vivienda.

Por otra parte, los dueños de la vivienda podrán resolver el contrato de alquiler si necesitan la vivienda para que sea ocupada por sus hijos o por sus padres, siempre que así se recoja en el contrato de arrendamiento. Si transcurridos tres meses desde la extinción del contrato, el arrendador o sus familiares no han ocupado la vivienda, el inquilino tendrá derecho a volver al piso con un contrato de cinco años con pago de los gastos de desalojo o a que se le indemnice monetariamente por los años que quedasen hasta cumplir los cinco de contrato.

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