Este artículo se publicó hace 13 años.
El Gobierno y las Comunidades debaten el borrador del reglamento de Extranjería
El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, preside hoy la V Conferencia Sectorial de Inmigración en la que se analizará el borrador del Reglamento de la Ley de Extranjería.
El objetivo de la reunión es presentar a los consejeros autonómicos la versión definitiva del reglamento antes de que el viernes se cierre el periodo de audiencia pública de alegaciones.
Tras este periodo, el texto deberá recibir el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros, que podría ser en unos dos meses.
También como parte del proceso, la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, ha celebrado esta tarde una reunión con representantes de los sindicatos CCOO y UGT, y con las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.
Otra reunión prevista como parte del proceso es la que mañana ha convocado el secretario de Nuevas Políticas del PP, Gonzalo Robles, con los responsables de inmigración de las comunidades autónomas gobernadas por el partido para unificar criterios antes de su encuentro con el ministro.
Presentado oficialmente el pasado 8 de febrero, el borrador del Reglamento define tres tipos de arraigo para poder acceder al permiso de residencia que son el familiar, laboral y social.
Así, el "arraigo familiar" establece que los inmigrantes que tengan un hijo de nacionalidad española a su cargo podrán regularizar su situación en España.
El "arraigo laboral" se podrá conceder a extranjeros que acrediten su permanencia y trabajo durante más de dos años y el "arraigo social", beneficiará a quienes hayan vivido en España al menos tres años. En ambos casos, deberán contar con un contrato de trabajo en vigor.
El borrador de Reglamento, que incluye 264 artículos, establece también que las víctimas extranjeras de violencia de género y de trata o explotación sexual podrán obtener un permiso de trabajo y residencia por cinco años, además de suspenderse el procedimiento de expulsión si se hubiera abierto por su situación irregular.
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