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Dos grapos condenados a 30 años por disparar al director de un banco en un atraco

EFE

La Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de cárcel a dos miembros de los GRAPO, Israel Clemente y Jorge García Vidal, que hirieron de dos disparos al director de una sucursal bancaria de Castellón tras haberle retenido para atracar la caja fuerte de la entidad, el 16 de marzo de 2006.

En concreto, la Sección Primera de la Sala de lo Penal ha condenado a los dos grapos a 11 años de prisión por un delito de atentado con resultado de detención ilegal, a tres años por el de tentativa de robo terrorista y a otros 16 por atentado con resultado de muerte en grado de tentativa.

Además, el tribunal les condena a indemnizar de forma conjunta al director con 300.000 euros.

El tribunal considera probado que los acusados, junto a otra persona no identificada, formaban parte de un "comando" de los GRAPO que decidió atracar una sucursal de Bancaja en Castellón con el fin de obtener dinero para la banda.

Para ello, averiguaron el domicilio del director y le abordaron el día en cuestión sobre las siete de la mañana, cuando salía de su domicilio.

Después, le amenazaron con un revólver, le condujeron hasta la sucursal y, ya en el interior, el director les aseguró que no podía abrir la caja fuerte porque no disponía de la combinación.

Los dos grapos decidieron entonces esperar a que llegara otro empleado, pero cuando éste accedió al banco el director le alertó, gritando: "¡Que esto es un atraco!.

Los dos trabajadores consiguieron salir huyendo, pero instantes después uno de los acusados, Israel Clemente, "trató de matar" al director y le disparó a un brazo por la espalda.

Como no le mató, el otro grapo, Jorge García, le volvió a disparar y le dio en una nalga, tras lo cual, ya viéndolo caído en el suelo, huyeron corriendo.

Durante el juicio, los acusados reconocieron ser miembros del GRAPO y admitieron haber cometido el atraco porque querían "recuperar" fondos del banco por las "inmensas riquezas que las entidades bancarias tienen que pertenecen a los trabajadores".

Además, aseguraron que el director de la sucursal no era su objetivo, ya que "le habían dicho que si colaboraba con ellos no le pasaría nada".

La Audiencia considera que los dos disparos "no alcanzaron órganos vitales pero "por su cercanía" a éstos eran "potencialmente muy peligrosos", y se dirigieron contra un hombre que huía de espaldas.

"De ser cierta la confesada intención de sólo lesionar, hubiesen podido dirigir los disparos a una parte más lejana de zonas vitales, como las piernas. Además, no le dispararon una vez, sino dos", señala la sentencia.

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