Este artículo se publicó hace 16 años.
Los Inspectores de Hacienda piden el bloqueo financiero para Liechtenstein y otros paraísos
La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) pidió hoy el bloqueo financiero para Liechtenstein y otros paraísos fiscales.
En una nota de prensa, considera que la medida más "importante y efectiva" que se debe adoptar para luchar contra los paraísos fiscales y el fraude fiscal es reformar el artículo 56 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, que prohíbe las restricciones a los movimientos de capitales y a los pagos entre Estados miembros y entre estos y terceros países.
Los inspectores hicieron hoy estas consideraciones después de que la Agencia Tributaria anunciase que está analizando información sobre españoles incluidos en las listas de cuentas y depósitos bancarios de Liechtenstein usados presuntamente para la evasión y el fraude fiscal.
En Alemania, donde se destapó el fraude, ya han confesado ante la fiscalía un total de 91 evasores fiscales y 72 han presentado denuncias contra sí mismos para evitar la cárcel.
Según los inspectores, las características de opacidad y anonimato de los paraísos fiscales los convierten en territorios que se utilizan para ocultar todo tipo de rentas, incluidas las provenientes de actividades delictivas, como terrorismo o tráfico de armas y drogas.
En la nota aseguran que el uso de paraísos fiscales para evadir impuestos, en cuantías que suponen la cuarta parte de toda la riqueza mundial, "es una práctica a la que ningún Estado parece dispuesto a poner límites".
En su opinión "sería muy fácil aislar" financieramente y, por tanto, eliminar la posibilidad de utilizar paraísos fiscales, si el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europa incluyera, como excepción al principio de libertad de los movimientos de capitales, los movimientos efectuados entre los Estados miembros y los territorios calificados como paraísos fiscales.
Así, para evitar que se produzcan estos casos, los inspectores de Hacienda proponen que se reforme el artículo 56 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Respecto al Gobierno español le instan a que propongan a las instituciones europeas acometer la citada modificación para que los ciudadanos y empresas de la Unión Europea, entre ellos los de España, no puedan utilizar países como Liechtenstein, Gibraltar o Andorra, para evadir impuestos.
Añaden que el hecho de que ningún país de la UE pueda adoptar medidas unilaterales que restrinjan movimientos de capitales con los países calificados como paraísos fiscales hace que las medidas antiparaíso existentes en la legislación española -donde Liechtenstein aparece como uno de 48 territorios calificados como paraísos fiscales-, sean efectivas.
Además, proponen que el Ejecutivo español establezca un impuesto especial sobre movimientos de fondos con los paraísos fiscales y que no reconozca, en su legislación mercantil y fiscal, personalidad jurídica para intervenir en el tráfico mercantil a las sociedades constituidas en paraísos fiscales.
Asimismo, abogan por modificar la legislación bancaria y prohibir que las entidades bancarias españolas puedan tener filiales o sucursales en paraísos fiscales.
Los inspectores también son partidarios de obligar a los bancos españoles a informar a las autoridades tributarias de las operaciones de sus filiales o sucursales en paraísos fiscales, en las mismas condiciones que las operaciones que realizan en territorio nacional.
También piden que se modifique la regulación del delito fiscal en el Código Penal para agravar las penas cuando el fraude fiscal se cometa mediante el uso de paraísos fiscales y que se acometa un plan de comprobación de empresarios, profesionales, artistas y deportistas con residencia en éstos territorios.
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