Este artículo se publicó hace 11 años.
Interior quiso expulsar a una nigeriana maltratada y obligada a prostituirse
La Audiencia Nacional obliga al Gobierno a rectificar y concede a la mujer la permanencia en España junto a su hijo por razones humanitarias. Tenía lesiones por arma blanca y de quemadura de cigarrillos
El Ministerio del Interior rechazó conceder el asilo y la permanencia en España por razones humanitarias, a una mujer nigeriana con un hijo de 9 años que desembarcó en patera en las costas de Motril (Granada) en el año 2009, y denunció haber sido maltratada y obligada a prostituirse en varios países europeos y africanos hasta devolver a una mafia la cantidad de 50.000 euros.
La mujer, Doris E.A., recurrió la dura decisión de Interior --acordada en octubre de 2011, en los últimos meses del Gobierno de José Luis Rodriguez Zapatero-- ante la Audiencia Nacional, que le ha dado parcialmente la razón y ha considerado nula la denegación de la permanencia en España tanto de ella como de su hijo, que se concede por razones humanitarias.
Aunque la solicitud de asilo no estaba bien argumentada, los jueces tiene en cuenta el informe de lesiones practicado a la recurrente por un médico forense, que concluyó que se correspondían con las típicas del maltrato (quemaduras con cigarrillos y cortes con arma blanca), junto a alteraciones y desajustes que pueden ser atribuidos a las situaciones traumáticas de explotaciòn sexual, prostitución y trata que ha vivido.
"La situación objetiva y subjetiva" de la mujer "aconseja otorgar a la interesada y a su hija la permanencia en España por razones humanitarias durante el tiempo necesario para su tratamiento y recuperación física y psicológica", señala la Audencia.
Interior rechazó conceder el asilo o la permanencia en España al estimar que el relato de la solicitante no era veraz sino inverosímil. La mujer relató que había sido reclutada mediante engaño por una red de traficantes de mujeres para ser explotada sexualmente, y que la trataron con violencia, amenazas y coacciones para pagar una supuesta deuda de 50.000 euros con la mafia que la mantuvo retenida y vigilada en variosn países europeos y africanos.
Añadió que su hijo nació en Tánger en 2004 fruto de los abusos sexuales a los que fue sometida en Europa. De allí escapó en enero de 2009 en una zodiac hasta las costas de Motril. Alegó que las lesiones y cicatrices fueron producto del maltrato y violaciones sufridas, y que temía por su vida si volvía a su país.
Interior consideró inverosímil el relato porque la misma mujer, había pedido meses antes el asilo bajo otro nombre y nacionalidad (en ese caso liberiana), y por otros motivos distintos. Además no aceptaron la prueba de las lesiones padecidas porque se incluían en un cd con fotografías donde no se veía la cara de ella.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Nicolás García Paredes, admite que no ha quedado probado que la mujer haya sido víctima de una trata de personas, pero subraya que las lesiones corporales que padecen, que se corresponden con un maltrato y con la explotación sexual, son suficientes para, de forma humanitaria, acceder a que se quede en España y no expulsarla como consideraba Interior.
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