Este artículo se publicó hace 15 años.
"Las investigaciones de Garzón no justifican acciones disciplinarias"
La Comisión Internacional de Juristas denuncia la "persecución penal" contra el magistrado español
La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) defendió hoy la actuación del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en la investigación de los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo y denunció la "persecución penal" que sufre el magistrado español, tras admitir a trámite el Tribunal Supremo una querella del sindicato Manos Limpias que le acusa de prevaricación por excederse en sus competencias en este caso.
En un comunicado, la CIJ expresó su "preocupación" ante la investigación que el TS está llevando a cabo sobre el titular del Juzgado Central de Instrucción número cinco de la Audiencia Nacional por su actuación en este caso, del que han informado a la Relatora de Naciones Unidas sobre la independencia de jueces y magistrados, "a espera que las acusaciones contra el Juez Garzón sean desestimadas a la mayor brevedad posible".
"Los estándares internacionales relativos a la independencia de la judicatura prohíben la responsabilidad penal de los jueces por decisiones controvertidas e incluso injustas o incorrectas, que en todo caso deben ser tratadas a través de los mecanismos disciplinarios establecidos a tal efecto", según explicó Róisín Pillay, consejera jurídica principal para Europa de la CIJ, una organización no gubernamental compuesta por 60 de los mejores juristas del mundo.
"Interferencia justificada"En la misma línea, recordó que las investigaciones penales de los jueces -la actuación de Garzón está siendo investigada por la Sala Segunda del TS- por actos enmarcados dentro de sus funciones profesionales "constituyen una interferencia injustificada e inapropiada con la independencia de los procedimientos judiciales contraria al Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los Principios 4, 17 y 18 de los Principios básicos de Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura".
Este "intento de interferir en el procedimiento judicial es de particular preocupación"
Este "intento de interferir en el procedimiento judicial es de particular preocupación", según la CIJ, ya que "concierne una investigación por crímenes contra la humanidad, por los que España tiene el deber internacional de investigar y perseguir judicialmente".
Por ello, recordó que, bajo el derecho internacional, "las leyes que tipifican los crímenes contra la humanidad pueden aplicarse retroactivamente (en virtud de los Artículos 15.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Artículo 7.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) y que ninguna ley de amnistía, particularmente la Ley de Amnistía de España de 1977, puede impedir la investigación y persecución judicial. Asimismo, la CIJ subraya que dichos delitos son imprescriptibles".
"Las investigaciones del Juez Garzón de los crímenes contra la humanidad no equivalen a negligencia profesional que pudiera justificar acciones disciplinarias, mucho menos una persecución penal", concluyó Róisín Pillay.
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