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El juez Ruz rebaja la fianza de Correa de 600.000 a 200.000 euros

EFE

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha rebajado hoy de 600.000 a 200.000 euros la fianza impuesta por la sección cuarta de este tribunal al presunto cabecilla del "caso Gürtel", Francisco Correa, para que pueda abandonar la cárcel en la que ingresó hace tres años.

El magistrado, que ha adoptado esta decisión después de que la defensa de Correa haya vuelto a pedir que se redujera a 50.000 euros, impone además al líder de la trama, en caso de que abone la fianza fijada, la prohibición de salir del país, le retira el pasaporte y le obliga a comparecer diariamente en el Juzgado, además de obligarle a comunicar su domicilio y número de teléfono.

El pasado 30 de marzo Ruz rebajó a 600.000 euros la fianza de Correa después de que la sección cuarta de la Sala de lo Penal le impusiera en enero de este año un millón de euros cuando estimó su recurso de apelación al considerar que el posible juicio oral se celebraría pasados cuatro años -plazo máximo legal de prisión preventiva- desde su ingreso en la cárcel.

Ese argumento lo asume ahora de nuevo el magistrado en su auto porque no ve necesario agotar ese plazo para evitar el riesgo de fuga de Correa, además de considerar que debe adecuarse la cuantía de la fianza para eludir la situación de prisión provisional.

En esta ocasión, Ruz ha contado con el visto bueno de la Fiscalía, que no se ha opuesto a la reducción de la fianza, si bien ha aconsejado que se rebajara a 350.000 euros.

El magistrado también tiene en cuenta "el alcance que pudiera derivarse" de la decisión de la Sala de lo Penal de anular el archivo decretado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respecto del exsenador del PP Luis Bárcenas, el exdiputado de este partido Jesús Merino y el exconcejal popular en Estepona (Málaga) Ricardo Galeote.

Por ello, aún cuando la instrucción de la causa se encuentra en "avanzado estado", Ruz entiende que la "evidente complejidad" que conlleva la tramitación de reabrir la causa contra Bárcenas, Merino y Galeote hace prever una extendida fase intermedia de preparación de juicio oral, lo que determina una "indefinición temporal sobre la celebración del mismo".

"No puede crearse un obstáculo o valladar infranqueable para quien, privado provisionalmente de libertad, se le reconoce la posibilidad de obtener su libertad personal mediante una medida como es la fianza, que trata de conciliar el efectivo control judicial (...) y la protección o salvaguarda del derecho fundamental a la libertad", sostiene.

Reconoce la "dificultad" a la hora de determinar el importe de la fianza que debe prestar Correa, pero entiende que el plazo transcurrido desde que la sección cuarta le rebajó de quince a un millón de euros la misma "sin consignarse" dicha cantidad, "es expresivo de la imposibilidad real y cierta del inculpado (o de su entorno más cercano) para hacer frente a la misma".

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