Este artículo se publicó hace 15 años.
La Justicia condena la Ley de Dependencia en Madrid
El TSJ de Madrid anula el punto de la orden regional que deniega el derecho a una ayuda si la Administración no contesta en seis meses.
La Justicia madrileña dio ayer un espaldarazo a los miles de personas que se quejan del retraso de la aplicación de la Ley de la Dependencia en la región. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estableció que cuando la Comunidad de Madrid tarde más de seis meses en determinar el grado y nivel de dependencia de quien pide las ayudas, se considerará, automáticamente, que se ha reconocido su derecho a recibirlas.
El Alto Tribunal anuló así el artículo 5 de la Orden que regula la aplicación de la Ley de Dependencia en la región, y que establece que el silencio administrativo se debe entender como negativo. La Plataforma por la Dependencia en Alcorcón, que recurrió la Orden autonómica, aplaudió la sentencia.
Madrid contradice la ley estatal de Procedimientos Administrativos
La decisión judicial beneficiará a miles de madrileños, como Miguel Andrés. El pasado 13 de abril, este vecino de Alcorcón (Madrid) solicitó a la Comunidad la ayuda por la Ley de Dependencia. Han pasado más de los seis meses que establece el Gobierno regional y aún no ha recibido respuesta alguna, explica su nuera, Guadalupe. Tal y como están las cosas ahora, este silencio otorga a Miguel el derecho a una prestación, aunque ni siquiera hayan evaluado su grado y nivel de Dependencia.
Este madrileño, que padeció hace tres años cáncer de medula y está hospitalizado por una neumonía, apenas se vale por sí mismo, explica su nuera. Por eso, la familia se ha visto obligada a ingresarle en un centro de día y contratar a una mujer que va tres días a la semana a hacer la cena y limpiar la casa. La pensión de Miguel se destina a sufragar estos gastos.
La familia también solicitó, hace más de seis meses, de forma separada a la ayuda por la Ley de Dependencia, una plaza en una residencia pública. También obtuvieron el silencio como respuesta. Por ello, Guadalupe acudió ayer a pedir ayuda a la sede de la Plataforma por la Dependencia en Alcorcón. Allí se encontró con la noticia de que, a partir de ahora, su suegro debe ser considerado beneficiario de la Ley y tiene derecho a una plaza en una residencia por el retraso en la tramitación de su expediente.
Los demandantes recurrirán al TS otros puntos de la norma autonómica
"Efecto positivo"La asociación considera que la sentencia "va a tener un efecto positivo como elemento dinamizador de la tramitación de las solicitudes", informó en un comunicado. "Esto va a obligar a la Comunidad de Madrid a correr, para no tener que reconocer ese derecho de forma automática", aplaudió el abogado de la Plataforma por la Dependencia en Alcorcón, José Ausín.
Según explicó Ausín, tal y como quedan las cosas la resolución no es firme, se podría dar la situación de que una persona, dependiente o no, pudiera acabar recibiendo una ayuda por el simple hecho de que la Comunidad de Madrid hubiera tardado más de medio año en evaluar su situación.
Demanda ante el SupremoLa Plataforma por la Dependencia en Alcorcón presentó hace unos meses una demanda en el Tribunal Superior contra la Orden autonómica que regula la Ley de Dependencia. Argumentaba que el artículo 5, que establece el plazo para resolver el procedimiento de grado de dependencia, contradice la ley estatal de Procedimientos Administrativos, que establece que el silencio administrativo es positivo.
No obstante, el TSJM desestimó otros recursos de la plataforma contra distintos puntos de la norma autonómica. Por ello, según explicó Ausín, la asociación recurrirá ante el Tribunal Supremo. Su mayor demanda es evitar que el plazo de tiempo máximo para resolver los expedientes se separe en dos periodos independientes, cada uno de seis meses, lo que favorece el retraso en la gestión, insiste Ausín.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.