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"No se debe introducir la ciencia en un debate ideológico"

La polémica por las palabras de Aído no llega al ámbito científico y jurídico

PATRICIA RAFAEL

La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, siguió ayer recibiendo críticas desde los sectores más conservadores tras asegurar el martes que desde un punto de vista científico un feto de 13 semanas es un ser vivo, pero no un ser humano. Expertos consultados por este diario rechazaban por su parte la artificiosidad del debate en tanto que, desde la ciencia, no existen hechos objetivables que puedan definir si un feto es una vida humana o no.

De esta opinión es Jesús Ávila, profesor de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), quien señala que 'no se debe utilizar la ciencia para hacer propaganda de las ideas y mucho menos introducir la ciencia en un debate que es ideológico'. Para el experto, desde el punto de vista científico, el feto no puede considerarse vida humana cuando desde el ámbito científico no se ha conseguido aún acotar ese término. 'En la ciencia trabajamos con definiciones y medidas y en el caso de la vida humana en el feto no se ha definido, y no podemos discutir de lo que no sabemos', añade.

Emilio Muñoz, ex presidente del CSIC, cree que se trata de un debate superado 'hasta cierto estadio'. En su opinión, desde un planteamiento cientítifico se empieza a considerar a la vida humana 'cuando el feto está más cerca del desarrollo del sistema nervioso'.

El debate es distinto si se traslada al ámbito jurídico, donde los expertos señalan como doctrina la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en 1985. El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, Miguel Revenga , explica: 'El TC reconoció al nasciturus el carácter de un bien jurídico cuyas expectativas de tener derechos le hacían acreedor a una protección que el Derecho no podía dejar de dispensarle. Se cuidó muy bien de configurar el aborto como un derecho incondicionado de la mujer, pero al mismo tiempo descartó que el no nacido fuera titular del derecho a la vida'.

Para Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional de la UNED, el TC dejó claro que 'al nasciturus no puede dársele la titularidad del derecho a la vida en función del artículo 15 de la Constitución'.

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