Este artículo se publicó hace 14 años.
Primera condena por traición de la democracia
El antiguo miembro del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Roberto Flórez fue sentenciado el jueves a 12 años de prisión como autor de un delito de traición, convirtiéndose en el primer condenado por este delito en la democracia española.
luego CNI - desde 1991 hasta 2004, cuando solicitó la baja voluntaria, se llevó información de los servicios secretos españoles con la intención de ofrecérsela a Rusia, "si bien no se cuenta con acreditación suficiente de que ese ofrecimiento se llegara a materializar", de acuerdo con la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial.
El ex espía fue detenido en julio de 2007 en la localidad tinerfeña del Puerto de la Cruz, y se encontraron documentos del CESID y dos cartas dirigidas al entonces consejero de la embajada rusa en Madrid en el registro de su domicilio, de un local que tenía alquilado y de la vivienda de su suegra.
En la primera misiva, fechada en diciembre de 2001, se presentaba como "un directivo del CESID" dispuesto a colaborar con los servicios secretos rusos, ofreciéndoles identificar a los espías españoles, mostrarles el funcionamiento y la estructura de los servicios españoles, señalarles colaboradores potenciales y ayudar en la penetración de agentes dobles, según recogen los hechos probados de la sentencia.
En la carta iban unos documentos anexos, y a cambio pedía 200.000 dólares.
La segunda, que tuvo que ser recuperada informáticamente por la policía ya que había sido borrada, estaba fechada tres meses después y reiteraba el ofrecimiento de colaboración, actualizando la información.
Flórez, que nació en mayo de 1965 en la localidad asturiana de Grado, reconoció haber elaborado las misivas, pero argumentó que eran parte de un ejercicio práctico para el CNI.
DELITO DE TRAIDOR
En cuanto a la documentación en su poder, la mayor parte la sacó de la sede central del CNI en Madrid, donde estuvo destinado desde septiembre de 2000. Entre los papeles hay, entre otros documentos, claves internas de los diferentes organismos del Centro, un informe sobre la estructura del Centro y el listado del personal del Centro, "que en poder de una potencia extrajera hubiera supuesto un peligro grave para la seguridad nacional".
El CNI descubrió que desde el año 2001 se habían producido filtraciones, por lo que presentó una denuncia ante la Fiscalía que acabó llevando a la detención de Flórez, del que se sospechaba porque tras su dimisión "no había llevado a cabo ninguna actividad remunerada y pese a no constarle ahorros previos, disponía de dinero".
El tribunal considera que los hechos son constitutivos de un delito recogido en el artículo 584 del Código Penal, que castiga como traidor al español que con el propósito de favorecer a una potencia extranjera, asociación u organización internacional, se procure, falsee, inutilice o revele información clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional.
La condena cumple la petición de la fiscalía, mientras que el CNI, que se presentaba como acusación particular, pedía además cinco años por un delito continuado de encubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la defensa nacional.
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