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El PSOE recurrirá hoy al Tribunal Constitucional la "amnistía fiscal" y pide su paralización

EFE

El PSOE presentará hoy ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de inconstitucionalidad contra la "amnistía fiscal" aprobada por el Gobierno y, al mismo tiempo, solicitará en la Audiencia Nacional la paralización de la orden ministerial que amplió la regularización al dinero en efectivo.

A través de un escrito al que ha tenido acceso Efe, los socialistas recurrirán al TC el decreto-ley del pasado 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas para "la regularización de activos ocultos", y ante la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional la orden ministerial posterior.

Según el recurso al TC, esa regularización fiscal vulnera por partida doble la Constitución, es "especialmente injusta" en sus consecuencias y "manifiestamente contraria a los principios de igualdad, proporcionalidad y progresividad".

No tienen dudas los socialistas de que se violan los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica, al colocar a un colectivo de "contribuyentes-defraudadores" en una situación de "absoluto privilegio fiscal, que llega en ocasiones a neutralizar el deber de contribuir".

Basado en un informe previo elaborado por el ex ministro de Justicia Francisco Caamaño, el recurso está ilustrado con varios ejemplos de la desigualdad de trato que, en opinión del PSOE, representa esa medida.

Con el régimen anterior, una persona que quisiera regularizar una renta de un millón de euros obtenida en 2008 y ocultada a la Administración Tributaria, debería pagar 565.315 euros (430.000 euros en concepto de cuota, 86.000 por recargo y 49.315 en concepto de intereses de demora devengados), mientras que con la nueva normativa sólo serán 100.000 euros.

Por eso, consideran que se ofrece un tratamiento fiscal mucho más favorable para quien ha incumplido sus obligaciones tributarias que para el contribuyente cumplidor.

Y eso, argumentan, "quiebra desproporcionada e injustificadamente la igualdad en el deber constitucional de contribuir y fija para los defraudadores un régimen de auténtico privilegio fiscal, incompatible con la idea misma de Estado de Derecho".

Salpicado de un buen número de sentencias anteriores del propio TC que conectan la igualdad con los principios de generalidad, capacidad, justicia y progresividad, el recurso asegura que se están vulnerando los artículos 31 y 86 de la Constitución.

El primero de ellos dispone los principios constitucionales en materia tributaria -generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad-, en tanto que el segundo señala que los decretos ley no podrán afectar a los deberes de los ciudadanos regulados en el título primero, entre ellos el de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Por otro lado, arguyen los socialistas que la fórmula de regularización fiscal es "subjetivamente selectiva y manifiestamente desproporcionada", hasta el punto de "contravenir abiertamente los más elementales principios de un sistema tributario justo sin cuya observancia no puede hablarse, en puridad, de la existencia de un Estado social y democrático de derecho".

Y es que la fórmula extraordinaria de regularización fiscal es "frontalmente contraria" a los principios constitucionales de igualdad, proporcionalidad y progresividad, al no respetar los principios constitucionales de generalidad en la imposición del gravamen, justicia en la carga tributaria y pago según la capacidad contributiva, dice.

También alega el PSOE que el principio de generalidad proscribe los privilegios, la exoneración de cargas fiscales sin fundamento jurídico y el establecimiento de beneficios fiscales injustificados desde el punto de vista constitucional.

Desde esa perspectiva, ve "evidente" la vulneración frontal del principio de generalidad, al eximir del pago del impuesto sobre la renta a un amplio colectivo de contribuyentes caracterizados por haber defraudado a hacienda y no haber sido descubiertos por la administración tributaria.

"Lejos de posibilitar o favorecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias pendientes, lo que establece la norma impugnada es la exoneración del cumplimiento de dichas obligaciones, que son sustituidas por el pago de una cantidad" del 10 por ciento.

Igualmente, alude a la introducción de una figura hasta ahora desconocida en el modelo español de gestión tributaria, con una "declaración tributaria ad hoc" mediante la que el contribuyente reconoce la titularidad de bienes o derechos procedentes de rentas no declaradas en periodos impositivos anteriores, y sobre el valor de dichos elementos patrimoniales aplica un porcentaje para obtener el importe a ingresar a la hacienda pública.

En consecuencia, según el PSOE, se trata de un nuevo gravamen, de carácter temporal, naturaleza personal y directa, de sujeción voluntaria y alternativo al IRPF, al Impuesto de Sociedades y al impuesto sobre la renta de no residentes.

Tres impuestos que "son pilares básicos o estructurales" del sistema tributario, por lo que esta nueva figura no puede ser establecida mediante un decreto-ley.

Constata que "una medida que afecta con tanta intensidad a la imposición sobre la renta", que daña "con enorme intensidad al sistema tributario en su conjunto" y que tiene "una relevancia tan grande en el cumplimiento o incumplimiento de los principios de justicia tributaria" justifica "la declaración de inconstitucionalidad".

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