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La sentencia sobre violencia entre mujeres aplicó el criterio de la Fiscalía

EFE

La sentencia que ha condenado por primera vez en España como violencia de género unos malos tratos cometidos por una mujer contra otra mujer aplica directamente la calificación jurídica de los hechos que planteó la Fiscalía.

En los antecedentes de la sentencia, el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander reproduce en su integridad el escrito de cargos del Ministerio Fiscal, que encuadró los hechos en el artículo 153.1 del Código Penal, un precepto que, en opinión de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, sólo está previsto para las agresiones cometidas por un hombre contra una mujer.

En este caso, los malos tratos sucedieron en el seno de un matrimonio de mujeres, que estaban en trámites de separación después de 17 años de relación sentimental.

La acusada, S.P.G., insultó a su mujer, la agarró por el cuello, la empujó y la golpeó contra la pared, lo que le produjo erosiones y contusiones de carácter leve, según el parte médico.

El titular del Juzgado de lo Penal número 2, José Hoya, considera "palmario" que esos hechos constituyen un delito de violencia de género del artículo 153.1 del Código Penal, en la modalidad de maltrato físico.

El juez ha seguido en este caso el criterio de la Fiscalía, que, tanto en su escrito de calificaciones como en el juicio, solicitó que se condenara a S.P.G. por un delito de violencia de género.

Aunque el Ministerio Público había pedido una pena de nueve meses de cárcel para la acusada, el juez rebaja la condena a siete meses.

Su sentencia prohíbe además a la procesada acercarse a su ex pareja, a su domicilio o a su lugar de trabajo en los próximos dos años y también comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante un año y nueve meses.

El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, ha señalado que la sentencia incluye "una confusión continua" entre violencia doméstica y violencia de género, y ha avanzado que "probablemente" la Fiscalía recurrirá el fallo.

Fuentes judiciales han confirmado a Efe que técnicamente sí es posible que el Ministerio Público presente ese recurso, aunque ello supondría un cambio de criterio respecto a su propia postura en el juicio.

La defensa de la acusada ya ha presentado un recurso de apelación ante el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, que tendrá que ser examinado por la Audiencia de Cantabria.

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