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Telecinco indemnizará a los Aznar con 180.000 euros

La Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena del pasado mes de diciembre, con una rebaja de la indemnización de 240.000 a 180.000 euros

EFE

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a Telecinco en 2009 que obliga a la cadena a pagar 180.000 euros al matrimonio formado por José María Aznar y Ana Botella, por informar de una 'supuesta separación' matrimonial.

La sentencia  considera que la información ofrecida en 2008 por el programa Aquí hay tomate, que hizo referencia a la separación del matrimonio Aznar 'por causa de una infidelidad del marido', supuso una intromisión ilegítima en el honor de la pareja.

En la sentencia, el presidente de la sala ha considerado que la información divulgada por el citado espacio de televisión, 'aunque de interés público', no cumple con el requisito de la veracidad, puesto que los demandados procedieron inmediatamente a desmentir lo que no pasaba de ser un rumor.

Recuerda, además, que la información no veraz sobre infidelidades conyugales constituye una intromisión ilegítima tanto en el honor del cónyuge a quien se atribuye la infidelidad como en el del cónyuge que la estaría soportando.'Del primero se predica un comportamiento indebido y al segundo se le atribuye una situación socialmente considerada, en general, como humillante o digna de lástima, que no está obligado a soportar', indica la sentencia.

Es la segunda vez en la misma semana que se condena a la cadena de Fuencarral por intromisión en la intimidad. Esta vez, el mismo programa del corazón publicó fotos manipuladas del cantante Enrique Iglesias y la tenista Anna Kournikova en la playa.  

A raíz de la información emitida en Aquí hay tomate, el expresidente del Gobierno y su esposa emitieron un comunicado en el que desmintieron su separación y calificaron de falsa la información. Ya en ese momento el matrimonio anunció que emprenderían acciones legales contra todos aquellos que habían vertido esas 'calumnias', pues consideró que los comentarios constituyeron una intromisión ilegítima en su derecho al honor y la intimidad personal y familiar.

Una semana después, la juez Garde García admitió a trámite la demanda. El juicio se celebró el 29 de octubre de 2008 y en él la representación legal de la pareja solicitó una indeminización de 240.000 euros, posteriormente rebajada.

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