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El Tribunal de Estrasburgo ampara la prohibición del velo en gimnasia

EFE

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falló hoy a favor de Francia en el recurso presentado por los familiares de dos niñas de confesión musulmana que fueron expulsadas de su centro escolar público por negarse a quitarse el velo islámico en la clase de educación física.

El Tribunal considera razonable la conclusión de las autoridades nacionales francesas de que "llevar un velo (...) islámico, no es compatible con la práctica del deporte por razones de seguridad e higiene".

Precisa que compete a las autoridades nacionales velar por que "desde el respeto al pluralismo y a las libertades ajenas, la manifestación de los alumnos de sus creencias religiosas en el interior de los establecimientos escolares no se transforme en un acto ostentorio".

La sentencia dictada hoy en Estrasburgo añade que "la sanción de la exclusión definitiva no parece desproporcionada" y "constata que los demandantes tuvieron la posibilidad de continuar su escolarización en un centro de formación a distancia".

El caso se remonta al curso 1998-99, cuando dos niñas de confesión musulmana y residentes en Francia, que entonces tenían 11 y 12 años, se negaron a quitarse el velo islámico en las clases de educación física, pese a que los profesores se lo pidieron en repetidas ocasiones.

Los docentes argumentaban que "la incompatibilidad de portar el velo con la práctica de la educación física".

El consejo disciplinario de su centro escolar de la ciudad de Flers, al noreste de Francia, expulsó definitivamente a las alumnas por no respetar la obligación de asistencia, al abstenerse de participación activa en sus sesiones de educación física.

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