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El Tribunal de Justicia europeo falla que las ayudas agrícolas polacas se ajustan al Tratado de adhesión

EFE

El Tribunal de Justicia de la UE consideró hoy que las subvenciones directas que reciben los agricultores polacos de forma gradual se ajustan a las previstas por el Tratado de adhesión y por lo tanto no deben aumentarse, como habían solicitado las autoridades polacas.

El caso se remonta a 2003, cuando el Consejo de la Unión Europea adaptó el Tratado de adhesión (por el cual Polonia se sumó a la UE) para que los nuevos países miembros recibieran ayudas directas a la agricultura de forma gradual, hasta la equiparación con los antiguos países comunitarios en 2013.

Las subvenciones graduales son un intento del Consejo por actualizar capítulos agrícolas recogidos en el Tratado de adhesión, pero que tras la reforma de la Política Agraria Comunitaria (PAC) habían quedado obsoletos.

Las ayudas se distribuyen de forma gradual de forma que en 2004 recibieron un 25 por ciento de lo que les hubiera correspondido antes de la reforma de la PAC, porcentaje que aumenta progresivamente hasta llegar al mismo nivel que el resto de los países europeos en 2013.

Polonia consideró que esta serie de medidas "suponían una modificación sustancial de las condiciones de adhesión", por lo que interpuso una demanda frente al Tribunal de la UE.

Hoy el Tribunal falló a favor del Consejo en tres aspectos: la competencia de éste en la materia, el principio de no discriminación y el principio de buena fe.

El Tribunal considera que el calendario de aplicación de las ayudas directas fue pactado durante las negociaciones de adhesión y previsto expresamente por el Acta de 2003, por lo que la decisión tomada por el Consejo no supone una modificación sustancial de lo pactado y es competente en esta materia.

En cuanto al principio de no discriminación, el Tribunal alega que la situación agrícola de Polonia no es comparable con la de los antiguos estados miembros, por lo que estas ayudas graduales no suponen un trato diferencial.

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