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El Tribunal Supremo acuerda mantener la condición de asilado de Severo Moto

EFE

La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado hoy el acuerdo del Consejo de Ministros de 2006 por el que fue revocada la condición de asilado del opositor de Guinea Ecuatorial Severo Moto.

Según ha informado el alto tribunal en una nota de prensa, así lo ha acordado la sala al estimar el recurso interpuesto por Moto contra la decisión del Gobierno, que fue suspendida cautelarmente por el TS en el verano de 2006 mientras se resolvía este asunto.

El ministro del Interior concedió el asilo político a Moto por resolución de 13 de marzo de 1986 y en enero de 2006 el Gobierno español retiró la condición de refugiado político a Moto tras demostrarse su participación en diversos intentos de golpe de Estado contra el Gobierno de Guinea Ecuatorial, que preside Teodoro Obiang.

Moto es el líder del opositor Partido del Progreso (PP), y su enfrentamiento político con Obiang y su predecesor en el cargo, Francisco Macías, le llevó varias veces a la cárcel en su país antes de radicarse en España a principios de la década de los ochenta.

Las actividades de Moto eran investigadas por las autoridades españolas desde meses antes de enero de 2006,, después de que se le hubiera vinculado con varios intentos golpistas contra el régimen de Obiang.

El último, ocurrido en marzo de 2004, se produjo cuando los servicios de seguridad guineanos detuvieron a quince supuestos mercenarios que preparaban el derrocamiento de Obiang y a los que se vinculó también a Severo Moto.

El 10 de enero de 2006 el Consejo de Ministros revocó la concesión de asilo y el 17 de marzo de ese año fue desestimado el recurso de reposición formulado por el recurrente contra la citada decisión.

El 1 de agosto de 2006, el TS decidió mantener la suspensión cautelar del acuerdo del Consejo de Ministros por el que fue revocada la condición de asilado al estimar que la pérdida de esta condición "le llevaría, de momento, a una situación de inseguridad jurídica de configuración muy diferente a la que se desprende del conjunto de garantías establecidas (...) en el marco de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de Ginebra", entre otros.

En una comparecencia en el Supremo el 19 de julio de 2006 el abogado del Estado pidió el levantamiento de la suspensión cautelar del acuerdo del Consejo de Ministros, al igual que el abogado que representa a la República de Guinea Ecuatorial, mientras que el abogado defensor de Moto, Francisco Fernández Goberna, afirmó que si su cliente se iba de España lo iban a matar.

En declaraciones a Efe, Fernández Goberna ha indicado que aún no ha hablado con Moto, pero ha mostrado su "satisfacción" por la decisión del Supremo.

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