Este artículo se publicó hace 15 años.
El Tribunal Supremo ve mañana los recursos contra la sentencia del macrojuicio al entorno de ETA
El Tribunal Supremo (TS) comenzará mañana a estudiar los recursos contra la sentencia que condenó en 2007 a 47 de los 52 acusados en el "macrosumario" 18/98, seguido contra varias organizaciones del entorno de ETA, en una vista en la que la Fiscalía abogará por que se rebaje la pena a una treintena de ellos.
La Sala de lo Penal del TS, en una vista pública -que se celebrará durante tres días en sesiones de mañana y tarde-, oirá los argumentos de los recursos de casación interpuestos por los abogados de los condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional.
Según fuentes del Supremo, el Tribunal estará formado por el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, que preside la Sala, y los magistrados José Manuel Maza, Miguel Colmenero, Andrés Martínez Arrieta y Juan Ramón Berdugo, que será el ponente de la resolución que adopte el Alto Tribunal.
La Fiscalía apoya parcialmente los recursos de 33 de los 47 condenados y en su informe, que consta de cerca de seiscientos folios, señala que se constata que la Audiencia Nacional aplicó las penas "en el máximo de lo posible".
La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a 47 de los 52 acusados a penas que suman 525 años de cárcel.
En concreto, el fiscal pide reducciones de tres años de pena para doce de los condenados y de dos años para otros 21, apoya que sean absueltos varios de los condenados e impugna el recurso del ex dirigente de KAS Xavier Alegría, condenado a 18 años de prisión, y del abogado Txema Matanzas, condenado a 14 años.
El sumario 18/98, instruido por el juez Baltasar Garzón, desembocó en este juicio, el más largo de los celebrados en la Audiencia Nacional y en el que se sentaron en el banquillo los máximos responsables de los aparatos políticos (EKIN y KAS), internacional (XAKI) o mediático (EGIN) de ETA.
El Tribunal consideró probado que la Koordinadora Abertzale Sozialista (KAS) y EKIN formaban parte de las "entrañas" y el "corazón" de ETA dentro de un proceso que la banda terrorista denomina de "acumulación de fuerzas", tal y como consta en la documentación que le fue intervenida en Bidart (Francia) en 1993 al etarra José María Dorronsoro.
El tribunal explica en su resolución cómo se puede ser integrante de ETA sin necesidad de emplear la lucha armada, ni otro tipo de violencia, sino formando parte de sus frentes de "masas" y "mediático", y así condenó a 31 de los acusados de pertenencia a banda terrorista, once de los cuales en grado de dirigentes.
También consideró probada la "capacidad de sustitución" que ETA posee, ya que "cuando se ilegalizan algunas de sus estructuras, se crean otras con distinto nombre, con apariencia de legalidad y con los mismos cometidos; y problema resuelto".
En cuanto a XAKI, el tribunal sostiene que "no es ni más, ni menos, que el aparato de relaciones internacionales" de ETA que desempeñaba sus funciones en París, Bruselas y América Latina, a través de "miembros de la ilegalizada formación política Herri Batasuna-Euskal Herritarrok".
Sobre el frente mediático de ETA, la Sala consideró acreditado que el diario EGIN, clausurado en 1998, y las empresas relacionadas con la editorial ORAIN estaban "dirigidas por ETA".
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