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El TS frena el intento del PP de dictar la política de pensiones del Gobierno

Confirma el derecho del Ejecutivo a vetar iniciativas en el marco de la actividad parlamentaria

Á.V.

El PP tendrá que buscar otra manera de bloquear la política del Gobierno en materia de pensiones. El Tribunal Supremo (TS) ha negado al partido de Mariano Rajoy el respaldo judicial que buscaba para forzar el debate en el Congreso de una iniciativa que anulase la congelación del dinero que reciben los pensionistas. ¿La razón? Que el Gobierno tiene derecho a vetar ese debate en virtud de la potestad que le reconoce el artículo 134.6 de la Constitución y que esa capacidad no es susceptible de control jurisdiccional contencioso-administrativo.

El Supremo rechaza así el recurso que el pasado 8 de noviembre presentó ante el alto tribunal la portavoz del PP en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría. Ella misma explicó entonces que se había decidido acudir al Supremo porque el asunto 'no afecta a gastos ni ingresos presupuestarios' y tratarse de 'un acto del Gobierno que incumple la Carta Magna y la ley'.

El alto tribunal no comparte ese criterio. En su auto del pasado 25 de noviembre, pero conocido este martes, señala que 'los recurrentes, al menos aparentemente, confunden o pretenden confundir' el acuerdo de la Mesa de la Cámara con el escrito en el que el Gobierno trasladó su negativa a tramitar la proposición de ley conservadora.

Para llegar a esta conclusión, el auto se basa en que el recurso 'dice literalmente' que pretende impugnar el acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de septiembre que no acepta tramitar su proposición de ley. Pero el texto del PP cita lo publicado en el Boletín Oficial de las Cortes, que en realidad es el acuerdo de la Mesa de la Cámara de no tomar en consideración la proposición.

Lo que sucede, a juicio del Supremo, es que el PP quiso recurrir un acto producido en el ámbito parlamentario a partir de 'unos supuestos elementos reglados que se pretenden infringidos pero que no son predicables' del Gobierno, sino del acuerdo del Congreso.

Tras aclarar este extremo, el alto tribunal explica que sólo cabe hablar de 'elementos reglados' respecto del acuerdo de la Mesa. El informe del Gobierno en el que se rechaza la tramitación de la proposición 'constituye un acto no susceptible de recurso contencioso, por cuanto se trata de un acto de relación entre Poderes del Estado en el ámbito de la actividad parlamentaria'.

Y no es recurrible ante la jurisdicción contenciosa, aunque sí lo sería ante el Tribunal Constitucional. De hecho, la resolución cita distinta jurisprudencia de este tribunal. En ella se afirma que el veto queda dentro del 'ámbito de acción propia del Gobierno' y que el control que ejerce la Mesa del Congreso se limita a analizar la viabilidad del criterio del Ejecutivo, desde la perspectiva de la proporcionalidad y razonabilidad del veto, por implicar aumento o disminución de ingresos presupuestarios a la hora de ejecutar un programa anual de política económica, que se concreta en los presupuestos aprobados.

Se trata -señala la resolución- de una situación que tiene su respaldo constitucional y que afecta a las relaciones de las Cortes y el Gobierno, lo que queda fuera de su ámbito.

El ministro de Presidencia, Ramón Jáuregui, destacó que 'el Supremo ha confirmado la validez jurídica de la utilización por parte del Gobierno del veto en las iniciativas parlamentarias que supongan incremento de gasto presupuestario, y que las quejas y acusaciones que recibió por el uso de este instrumento han quedado deslegitimadas y se han demostrado carentes de razón'.

El Grupo Parlamentario Popular considera que la decisión del Supremo -que asegura aún no le ha sido notificada- le deja abiertas las puertas del Tribunal Constitucional, 'que tendrá que ser quien determine si el Gobierno, en este caso, además de perjudicar los derechos de los pensionistas españoles, ha vulnerado el derecho del PP a defenderlos en el Parlamento'.

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