Este artículo se publicó hace 14 años.
Ya está aquí (por fin)la prestación de paro
La duración máxima de la prestación será de 12 meses
Ha costado, pero ya está aquí. El Congreso aprobó definitivamente el pasado miércoles la prestación por desempleo para los autónomos. En unos días, se publicará en el BOE y, pasados tres meses, entrará en vigor. Durante ese periodo, aquellos que quieran acceder a la prestación y no tengan cubiertas las contingencias profesionales (requisito imprescindible para cobrar la prestación) puedan darse de alta en este concepto. Pasados los tres meses, tendrán que esperar al uno de enero del próximo año, fecha en que se vuelve a abrir el plazo para cubrir las contingencias.
Las primeras prestaciones no se cobrarán hasta finales de 2011, ya que otro de los requisitos es llevar al menos un año de alta en el RETA a partir de la entrada en vigor de la prestación. La duración del desempleo dependerá del periodo cotizado y será de dos meses como mínimo para los que tengan entre 12 y 17 meses cotizados, y de un año como máximo para los que tengan más de 48 meses cotizados. La cuantía será del 70% de la base por la que el autónomo cotizaba en el último año. El periodo que tiene que transcurrir entre dos prestaciones ha quedado en 12 meses.
El Congreso aprueba definitivamente el desempleo de los autónomos
La cotización añadida que tendrán que pagar los trabajadores por cuenta propia será del 1,7%, esto es, 14 euros al mes, para los que ya tengan cubiertas las contingencias profesionales y algo mayor para los que no y decidan darse de alta.
Se han suavizado el resto de requisitos para acceder a la prestación. Habrá que acreditar pérdidas superiores al 30% en un año o del 20% en dos años, sin contar con el primer año de alta del autónomo. También podrán acceder aquellos que hayan sufrido ejecuciones judiciales por deudas equivalentes al 40% de los ingresos del año anterior, entre otros motivos.
Los órganos gestores de las prestaciones serán las mutuas. Además, se podrá capitalizar la prestación para crear un nuevo negocio, si bien el porcentaje aún está por decidir.
Se han suavizado los requisitos para acceder al subsidio
425 eurosEl Congreso aprobó también un subsidio de 425 euros para los autónomos que hayan cesado su actividad desde el 1 de enero de 2009, una ayuda similar a la de los 426 euros para parados (no autónomos) sin prestación. Entre los requisitos para cobrarla estarían que los ingresos familiares medios no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional o que de los últimos cinco años, al menos tres hayan sido cotizados en el RETA. El Gobierno acotaría de forma más concreta las condiciones en un futuro reglamento.
No obstante, la aprobación de esta ayuda está condicionada a la votación de la reforma laboral que tendrá lugar en el Congreso esta semana. El PSOE ha introducido una enmienda para eliminar los 425 euros por considerarlos contradictorios con la prestación de paro y espera contar con el apoyo del PNV, que, sin embargo, votó a favor de la ayuda el pasado miércoles.
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