En el año 2023, ha sido aprobada la ayuda de 200€ para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, las cuales hayan sido asalariadas, autónomas o beneficiarias del subsidio o prestación de desempleo durante el año anterior, el 2022.
Te informamos hoy sobre los requisitos a cumplir para tener derecho a ella, el modo de solicitarla y lo que debes saber sobre su tratamiento fiscal en la declaración de la renta. Si tú o alguno de tus seres queridos tiene derecho al cheque de 200€, esta información práctica te interesa.
¿Qué es el cheque de 200€?

El cheque de 200€ es la ayuda económica dirigida a las personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que se entrega mediante transferencia bancaria en un único pago. Para poder solicitar, durante el 2022 se debe haber sido autónomo, trabajador por cuenta ajena o beneficiario del subsidio o prestación de desempleo.
No obstante, aquellos que, a fecha 31 de diciembre de 2022, estuvieran percibiendo el Ingreso Mínimo Vital o una pensión, o las rentas del 2022 superen los 27.000€ íntegros, no tienen derecho al cheque de 200€. Recuerda que, en este último caso, para calcular la cuantía se tienen en cuenta los ingresos de toda la unidad familiar.
Requisitos para solicitar el cheque de 200€




Para solicitar esta ayuda de 200€, además de haber sido beneficiario de prestación o subsidio de desempleo, o haber estado dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente por haber realizado una actividad por cuenta propia o ajena, se debe tener residencia habitual en España y no exceder del límite establecido para tener derecho al cheque.
Este límite es de 27.000€ íntegros de rentas y de 75.000€ de patrimonio a fecha 31 de diciembre de 2022. Si se superan esas cantidades, no se tiene derecho a la ayuda. Ahora bien, recuerda que en la cifra de patrimonio no se incluye la vivienda habitual.
Para calcular esos ingresos y la cantidad de patrimonio debes sumar los de las siguientes personas que viven en el mismo domicilio: el propio beneficiario hasta el cónyuge o pareja de hecho, los descendientes menores de 25 años o con una discapacidad cuyas rentas no excedan de los 8.000€, así como los ascendientes hasta segundo grado por línea directa, es decir, los padres y los abuelos.
Recuerda que solo se ha de sumar para calcular la cuantía los ingresos y el patrimonio de estas personas con vínculos familiares. Para el supuesto de que se trate de personas que comparten piso sin ninguna de las relaciones mencionadas anteriormente no se sumarán sus ingresos.
¿Cómo solicitar el cheque de 200€?




La forma de solicitud del cheque de 200€ es electrónica. De tal modo, es necesario solicitarla por medio del formulario electrónico que puedes encontrar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Necesitarás disponer de una DNI-e o certificado electrónico, o bien de acceso al sistema Cl@ave.
La única información a aportar son los datos del NIF del solicitante y las personas con las que conviva. Igualmente, deberás indicar un número de cuenta bancario donde se desee que se realice el ingreso de la ayuda si es concedida. Para este trámite, no hace falta aportar NIF de los menores de 14 años si no disponen de él. De igual modo, existe la posibilidad de que presente el formulario un tercero. Para ello, el interesado deberá autorizarlo por apoderamiento o colaboración social.
Ten en cuenta que no es necesario entregar ninguna documentación para solicitar esta ayuda. La Seguridad Social y el resto de organismos públicos ya se encargan de remitir a la Agencia Tributaria (AEAT) la información que esta necesita para verificar que se cumplen los requisitos establecidos para conceder la ayuda. Por otro lado, aquellos que soliciten el cheque de 200€ y que tengan el domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco tendrán que presentar la solicitud ante la institución vasca o navarra.
Aprobación o denegación de la solicitud




Cuando se aprueba la ayuda, se ingresan los 200€ a través de transferencia bancaria a la cuenta que haya aportado el solicitante. Pero si transcurren tres meses desde la fecha de presentación del formulario sin tener noticia alguna, la solicitud ha sido desestimada.
El último día de plazo para presentar el formulario de solicitud es el 31 de marzo de 2023. En este caso, la fecha límite para realicen el ingreso si te conceden la ayuda sería el 30 junio del mismo año. Si te deniegan la solicitud, cabe la posibilidad de que te envíen una resolución denegatoria. En ella constarán los datos necesarios para poder consultar cuáles han sido los motivos por los que no se te concede la ayuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni notificarse una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud se entenderá desestimada.
Tributación de la ayuda
Por último, si es concedida la ayuda de 200€, debes recordar que esta cuantía sí tributa en la declaración de la renta, aunque no tiene retención alguna. Tributará durante el ejercicio en el que se haya cobrado. Es decir, si es ingresada este año, se declarará en la declaración del IRPF del 2023, que se realiza en el 2024. Se considerará una ganancia patrimonial que debe integrar la Base Imponible General del impuesto. Sin embargo, solo deben declararla aquellos obligados a presentar la declaración: los que ingresen más de 22.000€ anuales procedentes de un único pagador. Según los ingresos del beneficiario, se estima que habrá de pagarse entre 25€ y 40€ por esta ayuda.