Desde la aprobación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, quienes alquilan un piso o una casa no tienen que pagar los gastos de la agencia inmobiliaria. La legislación exime a los inquilinos de pagar una comisión que debe asumir el arrendador. Sin embargo, sigue siendo frecuente que no suceda así.
Por si tú o alguno de tus seres queridos se encuentra en una situación similar, y la inmobiliaria sigue queriendo cobrar un mes de alquiler para la agencia, te apuntamos cuáles son tus derechos y qué es lo que puedes hacer.
Ley por el Derecho a la Vivienda

Si la agencia inmobiliaria pretende cobrar esa comisión, lo primero que tienes que hacer en estos casos es comunicarle que está vigente la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda. Esta, en su Disposición final primera: Medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento de vivienda, modifica el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos dejando muy claro que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.
Ten en cuenta que antes esto no era así. De hecho, al no estar recogido en la norma y carecer de regulación específica, la costumbre era que el gasto de la agencia tuviera que asumirlo los arrendatarios, pero con la nueva ley ya no es así. La comisión debe asumirla el propietario del piso o de la casa en alquiler.
Alquileres temporales

No obstante, debes tener en cuenta un matiz muy importante. Esta exclusión solo afecta a los alquileres de vivienda habitual y no a los de carácter temporal. Es decir, si vas a alquilar un apartamento turístico, un alquiler temporal por estudios o trabajo, o una casa en la playa para pasar el verano, tendrás que asumir el gasto o comisión de la inmobiliaria, y si vas a alquilar una vivienda para habitarla todo el año como tu residencia habitual, no.
Y no olvides que, en el supuesto de alquileres de locales comerciales, plazas de garaje, naves, oficinas y similares, también tendrás que asumir el coste de la agencia puesto que no se trata de viviendas habituales.
Servicios de asesoramiento inmobiliario

Una de las fórmulas por las que algunas agencias inmobiliarias pretenden seguir cobrando una cuantía igual a un mes de alquiler más IVA es incluir en la factura un concepto engañoso: los servicios de asesoramiento inmobiliario. Sin embargo, tal asesoramiento no se ha producido en la práctica.
La jugada es simple: seguir efectuando el antiguo cargo con un nuevo nombre para que sea el inquilino quien asuma el coste de alquilar el bien inmueble. Si reclamas y dices que no se ha producido asesoramiento alguno, puede ser que se nieguen a querer alquilarte la vivienda. De manera que también estarán utilizándolo como una medida de presión para que aceptes el pago.
Qué hacer si pagas la comisión
Para el supuesto de que estés en una situación en la que te veas presionado u obligado por necesidad a pagar esos gastos de la agencia inmobiliaria, y lo hagas, tienes una opción. Después de hacerlo puedes enviarle un burofax solicitando la devolución del dinero entregado por ese concepto. Recuerda que debe ser un burofax para que quede constancia tanto del contenido como de la recepción del mismo.
También puedes solicitar y dejar constancia en la hoja de reclamaciones de la inmobiliaria. En ambos casos, haz mención al artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, donde se indica que los gastos de formalización del contrato corren a cargo del arrendador, de manera que el pago que te han exigido tiene carácter ilegal. De igual modo, puedes señalar que no has utilizado ningún servicio adicional de asesoramiento y de que en el anuncio de la vivienda no se especificaba gasto de ningún tipo.
Reclamación judicial

Para el supuesto de que no te contesten o no haya respuesta favorable, deberás recurrir a la vía judicial. En este caso, tendrás que presentar una reclamación en el juzgado a través de un procedimiento monitorio. Si la cuantía a reclamar es inferior a 2000€ no necesitarás estar representado por abogado y procurador, aunque resulte recomendable contar con los servicios y el asesoramiento del primero para ello.
Asimismo, si te pasan la factura y no pagas ese concepto de servicios de asesoramiento o similar, recuerda que puedes ser tú el demandado y que sea la agencia la que te reclame el dinero. Guarda toda la documentación para poder demostrar en su momento que has hecho todo de forma legal.
En cualquier caso, recuerda que no tienes que pagar esa comisión en concepto de gastos inmobiliarios en ningún lugar de España, da igual en qué comunidad autónoma te encuentres. Se trata de una ley estatal que nos afecta por igual a todos. Es el propietario del inmueble quien ha de pagar esos gastos a la inmobiliaria cuando el alquiler se efectúe en concepto de vivienda habitual.