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Multa millonaria a los fundadores de The Pirate Bay

La Corte de Apelación de Estocolmo condena a los responsables del buscador a abonar casi cinco millones de euros por 'facilitar el intercambio ilegal de archivos'

BLANCA SALVATIERRA

Hace menos de un mes, uno de los fundadores del buscador de descargas The Pirate Bay (TPB), Peter Sunde, se mostraba convencido de que el resultado del juicio de apelación contra su web sería 'una gran victoria'. Hoy, sin embargo, la Corte de Svea (Estocolmo) condenó a los responsables del sitio por 'facilitar el intercambio ilegal de archivos de una manera que da lugar a responsabilidad penal para los responsables del servicio', según informó hoy en un comunicado.

El tribunal modifica así la sentencia previa de abril del año pasado y, pese a reducir las penas de prisión para los acusados, aumenta la cuantía total que deben abonar como indemnización a la industria del entretenimiento. El fallo ha considerado que algunas de las acusaciones de la Fiscalía 'no se han podido probar o no se consideran punibles', y por ello ha procedido a reducir la prisión y a establecer plazos diferentes al considerar que cada uno de los fundadores participó en la empresa 'de distinta manera y grado'.

Cada uno de los fundadores tendrá que pagar 1,66 millones de euros

Peter Sunde ha sido condenado a ocho meses de prisión, mientras que los otros fundadores, Fredrik Neij y Carl Lundström, han sido condenados a diez y cuatro meses respectivamente. 'Nos están condenando a cárcel a pesar de que no es lo correcto por el delito. Es sólo para asustar a la gente', declaró Sunde a la web TorrentFreak. Cada uno de los fundadores tendrá que pagar además 1,66 millones de euros, una cuantía que casi duplica la indemnización a la que fueron condenados cuando finalizó el primer juicio en abril del año pasado. Gottfrid Svartholm Warg, otro de los fundadores, no formó parte del proceso de apelación debido a una enfermedad, y se espera que se enfrente un juicio posterior el año que viene.

El aumento de la cuantía de la indemnización se debe a que la Corte de Apelación ha aceptado en mayor medida las pruebas que las empresas demandantes (entre las que se encuentran Warner, MGM, Sony BMG o Universal) han presentado para demostrar que el intercambio de archivos les genera pérdidas. Los casi cinco millones de euros de indemnización suponen que se ha concedido a las compañías demandantes suecas la totalidad de lo que exigían, mientras que al resto se le ha otorgado la mitad.

Durante la apelación, la defensa de los fundadores de The Pirate Bay se ha basado en la sentencia del caso español que enfrentó a Telecinco contra YouTube y que se cerró cuando el juez dictaminó que el portal de vídeos era sólo un intermediario y que no era responsable de lo que suben sus usuarios. TPB funciona a modo de buscador, no almacena los contenidos y sólo dirige al usuario al archivo que quiere descargar. El caso de TPB tiene puntos en común con el caso Telecinco-YouTube pero el caso, debido a una legislación diferente, se ha saldado de forma muy distinta.

La defensa utilizó el caso español de Telecinco contra YouTube

La decisión judicial condenatoria ha sido interpretada por las demandantes como una gran victoria simbólica contra los sitios de intercambio de archivos. La IFPI, asociación mundial de las discográficas, aprovechó la sentencia para realizar un llamamiento tanto a los gobiernos y como a las operadoras para que adopten 'las medidas necesarias para garantizar el cierre de TPB'. El buscador, no obstante, no está dispuesta a ponérselo fácil. Ninguno de los condenados forma parte de TPB en estos momentos y se prevé que el funcionamiento de la web no se verá afectado por la sentencia.

En más de un año y medio desde que se inició el primer juicio, las asociaciones discográficas y cinematográficas no han logrado cerrar el sitio de enlaces, que desde su fundación en 2004 ha logrado convertirse en un sitio de referencia para más de 23 millones de usuarios en todo el mundo.

El buscador tiene más 23 millones de usuarios en todo el mundo

La compra frustrada de TPB por parte de una compañía de software, el resultado obtenido por el Partido Pirata en las elecciones legislativas suecas (que logró apenas el 0,65% de los votos) o la persecución de las descargas en varios países no han evitado que el portal siga aumentando en número de usuarios. Además, Sunde ya anunció a Público el mes pasado que, ante una posible condena, 'volverían a apelar una y otra vez', y la defensa ya está preparando un recurso al Tribunal Supremo. En su defensa TPB insistirá en que los creadores del buscador se han limitado a crear una herramienta neutral que cada usuario utiliza bajo su responsabilidad.

Antonio Guisasola, presidente de Promusicae, la patronal de la industria discográfica en España, interpretó la sentencia como una buena noticia 'para los creadores de todo el mundo, los hombres y mujeres que aspiran a ganarse la vida con el fruto de su talento'. Pero también reconoció, en una nota, que los movimientos de TPB en el último año para huir de los jueces y de las denuncias, así como las diferentes legislaciones, impiden el cierre de este tipo de sitios: 'Mientras (...) sus responsables son castigados en Suecia, podrían instalarse mañana mismo en España y operar con total impunidad'.

TPB está alojada desde mayo en los servidores del Partido Pirata. Este no comparte la interpretación que realiza la industria del entretenimiento de esta sentencia. 'Este caso estuvo motivado políticamente desde el principio y (el problema) debe ser resuelto políticamente', afirmó hoy el líder del Partido Pirata, Rick Falkvinge, tras conocer la resolución. 'El intercambio de archivos aumenta cada día y lo único que esto significa es que más y más gente tratará de ocultar lo que están haciendo en internet', añadió.

Cuando en su primera declaración el administrador de la web Sharemula explicó que su página no alojaba música ni películas y que sólo las enlazaba, los abogados de las multinacionales remarcaron con gestos inequívocos lo ingenua que les parecía la excusa. Sin embargo, aquella sería la última vez que el imputado iría al juzgado.

El tribunal archivó el caso al considerar que, efectivamente, la ley española castigaba difundir obras intelectuales sin autorización, pero no el mero hecho de indicar con enlaces su localización. La resolución fue confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid en un extenso auto que ratificaba que un enlace es un 'mero dato fáctico'. A fecha de hoy son ya diez los casos que han obtenido resoluciones firmes que secundan la doctrina iniciada por Sharemula.

La industria de los contenidos en España viene celebrando contadas resoluciones que ordenan que determinados procedimientos contra webs de enlaces continúen hasta la celebración de juicio.

Cuando una parte procesal considera noticiable y digno de fiesta que sus denuncias no se archiven a las primeras de cambio demuestra hasta qué punto sus acciones judiciales están siendo repelidas por los juzgados. Por la misma razón la falta de un apoyo mejor es por lo que la industria ha terminado aludiendo en juzgados españoles a una sentencia dictada en Suecia a la luz de leyes muy diferentes a las que se aplican en España.

La sentencia condenatoria a The Pirate Bay tiene para los procedimientos abiertos en España la misma importancia que la que en su día tuvo Sharemula para el caso de The Pirate Bay. Ninguna.

*David Bravo. Abogado especializado en propiedad intelectual.

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