El Tribunal Supremo confirma que las pinturas murales de Sijena deben volver a Aragón
La sentencia obliga al Museo Nacional de Arte de Catalunya a restituir al Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca) las pinturas murales, consideradas una de las joyas del románico español.
La Generalitat de Catalunya advierte de que los informes apuntan que es imposible trasladar las pinturas.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Huesca que ratifica la propiedad aragonesa de las valiosas pinturas murales del Monasterio de Sijena, consideradas una de las joyas del románico español, casi nueve años después de que un juzgado oscense confirmara que debían regresar al cenobio.
La sentencia de la Sala de lo Civil obliga al Museo Nacional de Arte de Catalunya (MNAC) a restituir a la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca) las pinturas murales, arrancadas al inicio de la Guerra Civil por el funcionario de la Generalitat catalana José Gudiol en condiciones precarias.
Los magistrados del Supremo desestiman cada uno de los argumentos esgrimidos contra la legitimidad del Gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Sijena para personarse en la causa en nombre de la comunidad religiosa de las Hermanas Sanjuanistas, propietarias del monasterio, para ejercer acciones civiles dirigidas a reclamar la propiedad de las pinturas.
Los jueces del Supremo consideran que la Audiencia de Huesca, que confirmó en 2020 la sentencia dictada en 2016 por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca que resolvió el caso, apreció de forma válida todas las consideraciones expuestas por los recurrentes, la Generalitat y el MNAC, incluso las referidas al derecho canónico en su interpretación del concepto de "compraventa" de las pinturas esgrimido desde la parte catalana.
El Supremo también rechaza la sentencia los argumentos dados respecto a que la Audiencia oscense no valoró una documentación favorable a los intereses de la parte catalana, ya que, según los magistrados, esos documentos solo fueron citados en el recurso y no aportados formalmente, por lo que se descarta que hubiera habido indefensión.
En su resolución, el Supremo rechaza la "pretendida" validez y legalidad del acuerdo suscrito entre la Generalitat y la priora del Monasterio de Valdoreix (Barcelona), al que se desplazaron a principios de los años noventa del pasado siglo las pocas hermanas sanjuanistas que permanecían en Sijena.
Según el Supremo, no consta en ningún documento que la priora de Valdoreix en nombre del Instituto Religioso de las Hermanitas de Belén ostentara la representación jurídica de la comunidad de Sijena, por lo que no consideran válida la transmisión patrimonial que suscribió para facilitar la permanencia de los bienes del monasterio en Catalunya.
También se descarta la existencia de pruebas de la cesión de las pinturas en favor de la Generalitat de Catalunya por parte de la congregación de Sijena, y se hace referencia a un decreto pontificio que deja en manos de la entonces priora del Monasterio de Sijena, Virginia Calatayud, la posibilidad de ejercer acciones para recuperar las pinturas, derecho que ejerció posteriormente, añade el tribunal, a través del Gobierno aragonés.
El Supremo rechaza, asimismo, la propiedad catalana de las pinturas por usurpación, o derecho sobre una propiedad por uso continuado en el tiempo, ya que, a juicio de los magistrados, el MNAC "nunca llegó a poseer las pinturas murales como dueños".
A este respecto, la sentencia señala que la propia dirección del museo reconoce en su página web que las pinturas murales ingresaron en la institución mediante depósito, subrayando que el supuesto contrato privado suscrito por la Generalitat con la priora de Valdoreix en 1992 no llegó a ser acreditado durante el proceso.
El Supremo rechaza pues en su sentencia los recursos extraordinarios por infracción procesal y los de apelación contra la sentencia de la Audiencia de Huesca y condena a la Generalitat y al MNAC a devolver las pinturas murales a Sijena y a pagar los costes procesales generados.
Catalunya dice que es imposible trasladar las pinturas
La consellera catalana de Cultura, Sònia Hernández, ha señalado este miércoles, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo sobre las pinturas murales del Monasterio de Sijena, que la prioridad de la Generalitat es la preservación del patrimonio y ha recordado que todos los informes de que disponen apuntan a que es imposible trasladarlas.
En una comparecencia en el departamento, Hernández ha pedido prudencia, mientras los equipos jurídicos de la Generalitat estudian la sentencia, y ha insistido en que todos los informes técnicos de que disponen que se han elaborado a lo largo de los años "apuntan a la imposibilidad de trasladar las pinturas sin provocarles daños irreparables".
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